Real Decreto 203/2021

Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Preámbulo Preámbulo

Artículo único

Disposición transitoria primeraDestrucción de documentos en soporte no electrónico

Disposición transitoria segundaPortales de internet existentes y aplicaciones específicas en el ámbito estatal

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraTítulos competenciales

Disposición final segundaModificación del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica

Disposición final terceraModificación del Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo

Disposición final cuartaHabilitación normativa

Disposición final quintaEntrada en vigor

Regla UNICAREGLAMENTO

Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2Principios generales

Artículo 3Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas

Artículo 4Canales de asistencia para el acceso a los servicios electrónicos

Artículo 5Portales de internet de las Administraciones Públicas

Artículo 6Creación y supresión de portales de internet en el ámbito estatal

Artículo 7Punto de Acceso General electrónico

Artículo 8Carpeta Ciudadana del sector público estatal

Artículo 9Sedes electrónicas de las Administraciones Públicas

Artículo 10Creación y supresión de las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas

Artículo 11Contenido y servicios de las sedes electrónicas y sedes asociadas

Artículo 12Responsabilidad sobre la sede electrónica o sede electrónica asociada

Artículo 13Actuación administrativa automatizada

Artículo 14Régimen de subsanación

Artículo 15Sistemas de identificación, firma y verificación

Artículo 16Plataformas de verificación de certificados electrónicos y de otros sistemas de identificación

Artículo 17Política de firma electrónica y de certificados en el ámbito estatal

Artículo 18Identificación de las sedes electrónicas y de las sedes electrónicas asociadas

Artículo 19Identificación mediante sello electrónico basado en certificado electrónico cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica

Artículo 20Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada

Artículo 21Sistemas de firma basados en código seguro de verificación para la actuación administrativa automatizada

Artículo 22Sistemas de firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas

Artículo 23Certificados electrónicos de empleado público con número de identificación profesional

Artículo 24Sistemas de identificación y firma electrónica del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes

Artículo 25Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación

Artículo 26Sistemas de identificación de las personas interesadas en el procedimiento

Artículo 27Atributos mínimos de los certificados electrónicos cuando se utilizan para la identificación de las personas interesadas ante las Administraciones Públicas

Artículo 28Sistemas de clave concertada y otros sistemas de identificación de las personas interesadas

Artículo 29Sistemas de firma electrónica de las personas interesadas admitidos por las Administraciones Públicas y régimen de uso

Artículo 30Identificación o firma electrónica de las personas interesadas mediante personal funcionario público habilitado

Artículo 31Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado

Artículo 32Acreditación en la actuación por medio de representante

Artículo 33Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado

Artículo 34Acreditación de la representación mediante certificado electrónico cualificado de representante

Artículo 35Acreditación y verificación de las representaciones que resulten de un documento público notarial o certificación de un Registro Mercantil

Artículo 36Autorización de representantes de terceros por la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes

Artículo 37Registro electrónico

Artículo 38Registro Electrónico General de la Administración General del Estado

Artículo 39Presentación y tratamiento de documentos en registro

Artículo 40Oficinas de asistencia en materia de registros en el ámbito de la Administración General del Estado

Artículo 41Comunicaciones administrativas a las personas interesadas por medios electrónicos

Artículo 42Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos

Artículo 43Aviso de puesta a disposición de la notificación

Artículo 44Notificación a través de la Dirección Electrónica Habilitada única

Artículo 45Notificación electrónica en sede electrónica o sede electrónica asociada

Artículo 46Documento administrativo electrónico

Artículo 47Requisitos de validez y eficacia de las copias auténticas de documentos

Artículo 48Órganos competentes para la emisión de copias auténticas de documentos en el ámbito estatal

Artículo 49Emisión de copias de documentos aportados en papel por el interesado

Artículo 50Referencia temporal de los documentos administrativos electrónicos

Artículo 51Configuración del expediente administrativo electrónico

Artículo 52Ejercicio del derecho de acceso al expediente electrónico y obtención de copias de los documentos electrónicos

Artículo 53Tiempo de conservación y destrucción de documentos

Artículo 54Conservación de documentos electrónicos

Artículo 55Archivo electrónico único

Artículo 56Relaciones interadministrativas e interorgánicas por medios electrónicos

Artículo 57Comunicaciones en la Administración General del Estado

Artículo 58Adhesión a sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas

Artículo 59Adhesión a la Carpeta Ciudadana del sector público estatal

Artículo 60Sistema de interconexión de Registros

Artículo 61Transmisiones de datos

Artículo 62Plataformas de intermediación de datos

Artículo 63Remisión electrónica de expedientes administrativos en el ámbito de las Administraciones públicas mediante puesta a disposición

Artículo 64Reutilización de sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas

Artículo 65Adhesión a las plataformas de la Administración General del Estado

Disposición adicional primeraObligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado

Disposición adicional segundaFormación de empleados y empleadas públicos de la Administración General del Estado

Disposición adicional terceraNodo de interoperabilidad de identificación electrónica del Reino de España

Disposición adicional cuarta

Disposición adicional quintaAdhesión de los órganos constitucionales al uso de las plataformas, registros o servicios electrónicos de la Administración General del Estado

Disposición adicional sextaSituación de las sedes electrónicas y subsedes electrónicas en el ámbito estatal existentes a la entrada en vigor de este real decreto

Disposición adicional séptimaInteroperabilidad de los registros electrónicos de apoderamientos

Disposición adicional octavaSupletoriedad en Registro Civil

Disposición adicional novenaAutorización de los sistemas de identificación previstos en el artículo 9.2.c) y de los sistemas de firma previstos en el artículo 10.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

Disposición adicional décimaEspecialidades por razón de materia

Anexo UNICO

Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

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