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Vigente Real Decreto 87 unidades

Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Real Decreto 203/2021es-royal-decree-2021-03-30-20331 mar 2021

Seguridad informática

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo único Modificado
  3. Disposición transitoria primera Destrucción de documentos en soporte no electrónico Anulado por BOE-A-2022-11512 desde el 12 jul 2022
  4. Disposición transitoria segunda Portales de internet existentes y aplicaciones específicas en el ámbito estatal Modificado
  5. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  6. Disposición final primera Títulos competenciales Modificado
  7. Disposición final segunda Modificación del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica Modificado
  8. Disposición final tercera Modificación del Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo Modificado
  9. Disposición final cuarta Habilitación normativa Modificado
  10. Disposición final quinta Entrada en vigor Modificado
  11. Regla UNICA REGLAMENTO Modificado
  12. Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación Modificado
  13. Artículo 2 Principios generales Modificado
  14. Artículo 3 Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas Modificado
  15. Artículo 4 Canales de asistencia para el acceso a los servicios electrónicos Modificado
  16. Artículo 5 Portales de internet de las Administraciones Públicas Modificado
  17. Artículo 6 Creación y supresión de portales de internet en el ámbito estatal Modificado
  18. Artículo 7 Punto de Acceso General electrónico Modificado
  19. Artículo 8 Carpeta Ciudadana del sector público estatal Modificado
  20. Artículo 9 Sedes electrónicas de las Administraciones Públicas Modificado
  21. Artículo 10 Creación y supresión de las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas Modificado
  22. Artículo 11 Contenido y servicios de las sedes electrónicas y sedes asociadas Modificado
  23. Artículo 12 Responsabilidad sobre la sede electrónica o sede electrónica asociada Modificado
  24. Artículo 13 Actuación administrativa automatizada Modificado
  25. Artículo 14 Régimen de subsanación Modificado
  26. Artículo 15 Sistemas de identificación, firma y verificación Modificado
  27. Artículo 16 Plataformas de verificación de certificados electrónicos y de otros sistemas de identificación Modificado
  28. Artículo 17 Política de firma electrónica y de certificados en el ámbito estatal Modificado
  29. Artículo 18 Identificación de las sedes electrónicas y de las sedes electrónicas asociadas Modificado
  30. Artículo 19 Identificación mediante sello electrónico basado en certificado electrónico cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica Modificado
  31. Artículo 20 Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada Modificado
  32. Artículo 21 Sistemas de firma basados en código seguro de verificación para la actuación administrativa automatizada Modificado
  33. Artículo 22 Sistemas de firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas Modificado
  34. Artículo 23 Certificados electrónicos de empleado público con número de identificación profesional Modificado
  35. Artículo 24 Sistemas de identificación y firma electrónica del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes Modificado
  36. Artículo 25 Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación Modificado
  37. Artículo 26 Sistemas de identificación de las personas interesadas en el procedimiento Modificado
  38. Artículo 27 Atributos mínimos de los certificados electrónicos cuando se utilizan para la identificación de las personas interesadas ante las Administraciones Públicas Modificado
  39. Artículo 28 Sistemas de clave concertada y otros sistemas de identificación de las personas interesadas Modificado
  40. Artículo 29 Sistemas de firma electrónica de las personas interesadas admitidos por las Administraciones Públicas y régimen de uso Modificado
  41. Artículo 30 Identificación o firma electrónica de las personas interesadas mediante personal funcionario público habilitado Modificado
  42. Artículo 31 Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado Modificado
  43. Artículo 32 Acreditación en la actuación por medio de representante Modificado
  44. Artículo 33 Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado Modificado
  45. Artículo 34 Acreditación de la representación mediante certificado electrónico cualificado de representante Modificado
  46. Artículo 35 Acreditación y verificación de las representaciones que resulten de un documento público notarial o certificación de un Registro Mercantil Modificado
  47. Artículo 36 Autorización de representantes de terceros por la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes Modificado
  48. Artículo 37 Registro electrónico Modificado
  49. Artículo 38 Registro Electrónico General de la Administración General del Estado Modificado
  50. Artículo 39 Presentación y tratamiento de documentos en registro Modificado
  51. Artículo 40 Oficinas de asistencia en materia de registros en el ámbito de la Administración General del Estado Modificado
  52. Artículo 41 Comunicaciones administrativas a las personas interesadas por medios electrónicos Modificado
  53. Artículo 42 Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos Modificado
  54. Artículo 43 Aviso de puesta a disposición de la notificación Modificado
  55. Artículo 44 Notificación a través de la Dirección Electrónica Habilitada única Modificado
  56. Artículo 45 Notificación electrónica en sede electrónica o sede electrónica asociada Modificado
  57. Artículo 46 Documento administrativo electrónico Modificado
  58. Artículo 47 Requisitos de validez y eficacia de las copias auténticas de documentos Modificado
  59. Artículo 48 Órganos competentes para la emisión de copias auténticas de documentos en el ámbito estatal Modificado
  60. Artículo 49 Emisión de copias de documentos aportados en papel por el interesado Modificado
  61. Artículo 50 Referencia temporal de los documentos administrativos electrónicos Modificado
  62. Artículo 51 Configuración del expediente administrativo electrónico Modificado
  63. Artículo 52 Ejercicio del derecho de acceso al expediente electrónico y obtención de copias de los documentos electrónicos Modificado
  64. Artículo 53 Tiempo de conservación y destrucción de documentos Modificado
  65. Artículo 54 Conservación de documentos electrónicos Modificado
  66. Artículo 55 Archivo electrónico único Modificado
  67. Artículo 56 Relaciones interadministrativas e interorgánicas por medios electrónicos Modificado
  68. Artículo 57 Comunicaciones en la Administración General del Estado Modificado
  69. Artículo 58 Adhesión a sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas Modificado
  70. Artículo 59 Adhesión a la Carpeta Ciudadana del sector público estatal Modificado
  71. Artículo 60 Sistema de interconexión de Registros Modificado
  72. Artículo 61 Transmisiones de datos Modificado
  73. Artículo 62 Plataformas de intermediación de datos Modificado
  74. Artículo 63 Remisión electrónica de expedientes administrativos en el ámbito de las Administraciones públicas mediante puesta a disposición Modificado
  75. Artículo 64 Reutilización de sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas Modificado
  76. Artículo 65 Adhesión a las plataformas de la Administración General del Estado Modificado
  77. Disposición adicional primera Obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado Modificado
  78. Disposición adicional segunda Formación de empleados y empleadas públicos de la Administración General del Estado Modificado
  79. Disposición adicional tercera Nodo de interoperabilidad de identificación electrónica del Reino de España Modificado
  80. Disposición adicional cuarta Modificado
  81. Disposición adicional quinta Adhesión de los órganos constitucionales al uso de las plataformas, registros o servicios electrónicos de la Administración General del Estado Modificado
  82. Disposición adicional sexta Situación de las sedes electrónicas y subsedes electrónicas en el ámbito estatal existentes a la entrada en vigor de este real decreto Modificado
  83. Disposición adicional séptima Interoperabilidad de los registros electrónicos de apoderamientos Modificado
  84. Disposición adicional octava Supletoriedad en Registro Civil Modificado
  85. Disposición adicional novena Autorización de los sistemas de identificación previstos en el artículo 9.2.c) y de los sistemas de firma previstos en el artículo 10.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre Modificado
  86. Disposición adicional décima Especialidades por razón de materia Modificado
  87. Anexo UNICO Modificado
Citenza

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