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Real Decreto 87 unità

Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Real Decreto 203/2021es-royal-decree-2021-03-30-20331 mar 2021

Seguridad informática

  1. Preambolo Preámbulo Modificato
  2. Articolo único Modificato
  3. Disposizione transitoria primera Destrucción de documentos en soporte no electrónico Modificato
  4. Disposizione transitoria segunda Portales de internet existentes y aplicaciones específicas en el ámbito estatal Modificato
  5. Disposizione derogatoria única Derogación normativa Modificato
  6. Disposizione final primera Títulos competenciales Modificato
  7. Disposizione final segunda Modificación del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica Modificato
  8. Disposizione final tercera Modificación del Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo Modificato
  9. Disposizione final cuarta Habilitación normativa Modificato
  10. Disposizione final quinta Entrada en vigor Modificato
  11. Regola UNICA REGLAMENTO Modificato
  12. Articolo 1 Objeto y ámbito de aplicación Modificato
  13. Articolo 2 Principios generales Modificato
  14. Articolo 3 Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas Modificato
  15. Articolo 4 Canales de asistencia para el acceso a los servicios electrónicos Modificato
  16. Articolo 5 Portales de internet de las Administraciones Públicas Modificato
  17. Articolo 6 Creación y supresión de portales de internet en el ámbito estatal Modificato
  18. Articolo 7 Punto de Acceso General electrónico Modificato
  19. Articolo 8 Carpeta Ciudadana del sector público estatal Modificato
  20. Articolo 9 Sedes electrónicas de las Administraciones Públicas Modificato
  21. Articolo 10 Creación y supresión de las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas Modificato
  22. Articolo 11 Contenido y servicios de las sedes electrónicas y sedes asociadas Modificato
  23. Articolo 12 Responsabilidad sobre la sede electrónica o sede electrónica asociada Modificato
  24. Articolo 13 Actuación administrativa automatizada Modificato
  25. Articolo 14 Régimen de subsanación Modificato
  26. Articolo 15 Sistemas de identificación, firma y verificación Modificato
  27. Articolo 16 Plataformas de verificación de certificados electrónicos y de otros sistemas de identificación Modificato
  28. Articolo 17 Política de firma electrónica y de certificados en el ámbito estatal Modificato
  29. Articolo 18 Identificación de las sedes electrónicas y de las sedes electrónicas asociadas Modificato
  30. Articolo 19 Identificación mediante sello electrónico basado en certificado electrónico cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica Modificato
  31. Articolo 20 Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada Modificato
  32. Articolo 21 Sistemas de firma basados en código seguro de verificación para la actuación administrativa automatizada Modificato
  33. Articolo 22 Sistemas de firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas Modificato
  34. Articolo 23 Certificados electrónicos de empleado público con número de identificación profesional Modificato
  35. Articolo 24 Sistemas de identificación y firma electrónica del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes Modificato
  36. Articolo 25 Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación Modificato
  37. Articolo 26 Sistemas de identificación de las personas interesadas en el procedimiento Modificato
  38. Articolo 27 Atributos mínimos de los certificados electrónicos cuando se utilizan para la identificación de las personas interesadas ante las Administraciones Públicas Modificato
  39. Articolo 28 Sistemas de clave concertada y otros sistemas de identificación de las personas interesadas Modificato
  40. Articolo 29 Sistemas de firma electrónica de las personas interesadas admitidos por las Administraciones Públicas y régimen de uso Modificato
  41. Articolo 30 Identificación o firma electrónica de las personas interesadas mediante personal funcionario público habilitado Modificato
  42. Articolo 31 Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado Modificato
  43. Articolo 32 Acreditación en la actuación por medio de representante Modificato
  44. Articolo 33 Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado Modificato
  45. Articolo 34 Acreditación de la representación mediante certificado electrónico cualificado de representante Modificato
  46. Articolo 35 Acreditación y verificación de las representaciones que resulten de un documento público notarial o certificación de un Registro Mercantil Modificato
  47. Articolo 36 Autorización de representantes de terceros por la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes Modificato
  48. Articolo 37 Registro electrónico Modificato
  49. Articolo 38 Registro Electrónico General de la Administración General del Estado Modificato
  50. Articolo 39 Presentación y tratamiento de documentos en registro Modificato
  51. Articolo 40 Oficinas de asistencia en materia de registros en el ámbito de la Administración General del Estado Modificato
  52. Articolo 41 Comunicaciones administrativas a las personas interesadas por medios electrónicos Modificato
  53. Articolo 42 Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos Modificato
  54. Articolo 43 Aviso de puesta a disposición de la notificación Modificato
  55. Articolo 44 Notificación a través de la Dirección Electrónica Habilitada única Modificato
  56. Articolo 45 Notificación electrónica en sede electrónica o sede electrónica asociada Modificato
  57. Articolo 46 Documento administrativo electrónico Modificato
  58. Articolo 47 Requisitos de validez y eficacia de las copias auténticas de documentos Modificato
  59. Articolo 48 Órganos competentes para la emisión de copias auténticas de documentos en el ámbito estatal Modificato
  60. Articolo 49 Emisión de copias de documentos aportados en papel por el interesado Modificato
  61. Articolo 50 Referencia temporal de los documentos administrativos electrónicos Modificato
  62. Articolo 51 Configuración del expediente administrativo electrónico Modificato
  63. Articolo 52 Ejercicio del derecho de acceso al expediente electrónico y obtención de copias de los documentos electrónicos Modificato
  64. Articolo 53 Tiempo de conservación y destrucción de documentos Modificato
  65. Articolo 54 Conservación de documentos electrónicos Modificato
  66. Articolo 55 Archivo electrónico único Modificato
  67. Articolo 56 Relaciones interadministrativas e interorgánicas por medios electrónicos Modificato
  68. Articolo 57 Comunicaciones en la Administración General del Estado Modificato
  69. Articolo 58 Adhesión a sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas Modificato
  70. Articolo 59 Adhesión a la Carpeta Ciudadana del sector público estatal Modificato
  71. Articolo 60 Sistema de interconexión de Registros Modificato
  72. Articolo 61 Transmisiones de datos Modificato
  73. Articolo 62 Plataformas de intermediación de datos Modificato
  74. Articolo 63 Remisión electrónica de expedientes administrativos en el ámbito de las Administraciones públicas mediante puesta a disposición Modificato
  75. Articolo 64 Reutilización de sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas Modificato
  76. Articolo 65 Adhesión a las plataformas de la Administración General del Estado Modificato
  77. Disposizione adicional primera Obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado Modificato
  78. Disposizione adicional segunda Formación de empleados y empleadas públicos de la Administración General del Estado Modificato
  79. Disposizione adicional tercera Nodo de interoperabilidad de identificación electrónica del Reino de España Modificato
  80. Disposizione adicional cuarta Modificato
  81. Disposizione adicional quinta Adhesión de los órganos constitucionales al uso de las plataformas, registros o servicios electrónicos de la Administración General del Estado Modificato
  82. Disposizione adicional sexta Situación de las sedes electrónicas y subsedes electrónicas en el ámbito estatal existentes a la entrada en vigor de este real decreto Modificato
  83. Disposizione adicional séptima Interoperabilidad de los registros electrónicos de apoderamientos Modificato
  84. Disposizione adicional octava Supletoriedad en Registro Civil Modificato
  85. Disposizione adicional novena Autorización de los sistemas de identificación previstos en el artículo 9.2.c) y de los sistemas de firma previstos en el artículo 10.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre Modificato
  86. Disposizione adicional décima Especialidades por razón de materia Modificato
  87. Allegato UNICO Modificato
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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