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Real Decreto 42 unidades
Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Real Decreto 390/2021es-royal-decree-2021-06-01-3902 jun 2021
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto y finalidad Modificado
- Artículo 2 Definiciones Modificado
- Artículo 3 Ámbito de aplicación Modificado
- Artículo 4 Documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética Modificado
- Artículo 4 bis Requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de técnico competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios Modificado
- Artículo 4 ter Acreditación como técnico competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios Modificado
- Artículo 4 quáter Registro y control de técnicos competentes para la certificación de la eficiencia energética de los edificios Modificado
- Artículo 5 Calificación de la eficiencia energética de un edificio Modificado
- Artículo 6 Certificación de la eficiencia energética de un edificio Modificado
- Artículo 7 Registro Administrativo Centralizado de informes de evaluación energética de los edificios en formato electrónico (XML) Modificado
- Artículo 7 bis Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes en materia de certificación de eficiencia energética de edificios Modificado
- Artículo 8 Contenido de la Certificación de eficiencia energética Modificado
- Artículo 9 Certificación de la eficiencia energética de proyecto y de obra terminada Modificado
- Artículo 10 Certificación de eficiencia energética de un edificio existente Modificado
- Artículo 11 Control de los certificados de eficiencia energética Modificado
- Artículo 12 Inspección Modificado
- Artículo 13 Validez, renovación y actualización del certificado de eficiencia energética Modificado
- Artículo 14 Incentivos financieros para la mejora de la eficiencia energética en la reforma de edificios Modificado
- Artículo 15 Etiqueta de eficiencia energética Modificado
- Artículo 16 Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios Modificado
- Artículo 17 Obligación relativa al certificado de eficiencia energética Modificado
- Artículo 18 Objeto y funciones Modificado
- Artículo 19 Composición Modificado
- Artículo 20 Régimen de funcionamiento Modificado
- Artículo 21 Infracciones y sanciones Modificado
- Disposición adicional primera Certificaciones de edificios pertenecientes u ocupados por las administraciones públicas Modificado
- Disposición adicional segunda Edificios de consumo de energía casi nulo Modificado
- Disposición adicional tercera Adaptación de las bases de datos de registro de los certificados de eficiencia energética Modificado
- Disposición adicional cuarta Registro general de documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética Modificado
- Disposición adicional quinta Envío de información para el Registro Administrativo Centralizado de informes de evaluación energética de los edificios en formato electrónico (XML) Modificado
- Disposición adicional sexta Uso de lenguaje no sexista Modificado
- Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
- Disposición final primera Modificado
- Disposición final segunda Modificación del Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios Modificado
- Disposición final tercera Obtención del certificado y obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética Modificado
- Disposición final cuarta Incorporación de derecho de la Unión Europea Modificado
- Disposición final quinta Titulo competencial Modificado
- Disposición final sexta Revisión de la figura del técnico competente Modificado
- Disposición final séptima Desarrollo y aplicación Modificado
- Disposición final octava Entrada en vigor Modificado
- Anexo UNICO Modificado