Real Decreto 429/2022

Real Decreto 429/2022, de 7 de junio, por el que se establecen normas para la comercialización de los productos reproductivos de las especies ganaderas en el ámbito nacional y se regulan medidas para la aplicación de la normativa europea aplicable a los desplazamientos dentro de la Unión Europea de productos reproductivos de las especies ganaderas.

Preámbulo Preámbulo

Artículo 1Objeto

Artículo 2Ámbito de aplicación

Artículo 3Definiciones

Artículo 4Competencias

Artículo 5Autorización de establecimientos de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y équidos que operen en el ámbito intracomunitario

Artículo 6Requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización en el ámbito nacional de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y équidos

Artículo 7Requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización de productos reproductivos en el ámbito nacional de otras especies ganaderas

Artículo 8Registro de establecimientos de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, équidos y de otras especies ganaderas que operen en el ámbito nacional

Artículo 9Requisitos adicionales en materia de trazabilidad para el comercio nacional

Artículo 10Excepciones a los requisitos para la comercialización nacional de productos reproductivos

Artículo 11Registro de distribuidores

Artículo 12Requisitos zootécnicos y de trazabilidad de los distribuidores

Artículo 13Registro General de establecimientos y distribuidores de productos reproductivos

Artículo 14Información a recoger en el Registro General de establecimientos y distribuidores de productos reproductivos

Artículo 15Asignación del número de identificación único

Artículo 16Registro Nacional de Bancos de Germoplasma

Artículo 17Régimen sancionador

Disposición adicional primeraRecursos humanos y materiales

Disposición adicional segundaCláusula de reconocimiento mutuo

Disposición transitoria primeraEstablecimientos y distribuidores previamente autorizados

Disposición transitoria segundaExcepciones

Disposición transitoria terceraIdentificación de los productos reproductivos

Disposición derogatoria únicaDerogación normativa

Disposición final primeraCarácter básico y título competencial

Disposición final segundaFacultad de modificación

Disposición final terceraEntrada en vigor

Citenza

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