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Vigente Real Decreto 47 unidades

Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera.

Real Decreto 1044/2022es-royal-decree-2022-12-27-104429 dic 2022

Registros administrativos

  1. Preámbulo Preámbulo Modificado
  2. Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación Modificado
  3. Artículo 2 Definiciones Modificado
  4. Artículo 3 Registro General de la Flota Pesquera Modificado
  5. Artículo 4 Capacidad de la flota pesquera Modificado
  6. Artículo 5 Potencia de los buques de pesca Modificado
  7. Artículo 6 Requisitos generales de los procedimientos de entrada de capacidad de buques de pesca Modificado
  8. Artículo 7 Condiciones generales de los buques aportables para entrada de capacidad Modificado
  9. Artículo 8 Compromisos de aportación de capacidad Modificado
  10. Artículo 9 Buques no aportables como baja Modificado
  11. Artículo 10 Tramitación de los procedimientos de entrada de capacidad de buques de pesca Modificado
  12. Artículo 11 Procedimientos de construcción de un buque de pesca Modificado
  13. Artículo 12 Procedimientos de importación/transferencia y reimportación Modificado
  14. Artículo 13 Otros procedimientos de entrada de capacidad de una nueva unidad Modificado
  15. Artículo 14 Procedimientos de obra, cambio de motor y modificación técnica de motor Modificado
  16. Artículo 15 Regularización de la capacidad de los buques de pesca Modificado
  17. Artículo 16 Modificación de expedientes Modificado
  18. Artículo 17 Disponibilidad de la capacidad Modificado
  19. Artículo 18 Alta de buques en el Registro de Flota Modificado
  20. Artículo 19 Cambios en el ámbito territorial Modificado
  21. Artículo 20 Actualización de datos en el Registro de Flota Modificado
  22. Artículo 21 Baja provisional de buques de pesca en el Registro de Flota Modificado
  23. Artículo 22 Solicitud de reactivación de buques de pesca en situación de baja provisional Modificado
  24. Artículo 23 Bajas definitivas en Registro de Flota Modificado
  25. Artículo 24 Tramitación y resolución de procedimientos de baja definitiva Modificado
  26. Artículo 25 Condiciones para la exportación/transferencia Modificado
  27. Artículo 26 Transmisión de datos entre los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Modificado
  28. Artículo 27 Interconexión entre el Registro de Flota y los registros de las comunidades autónomas Modificado
  29. Artículo 28 Interconexión entre los registros de las comunidades autónomas y el Registro de Buques y Empresas Navieras Modificado
  30. Artículo 29 Puerto base Modificado
  31. Artículo 30 Requisitos para la autorización de cambio de puerto base de buques de pesca Modificado
  32. Artículo 31 Tramitación y resolución de los cambios de puerto base de buques de pesca Modificado
  33. Artículo 32 Cambios de puerto base de buques auxiliares Modificado
  34. Artículo 33 Autorización específica para la utilización temporal de un puerto distinto del puerto base Modificado
  35. Artículo 34 Infracciones y sanciones Modificado
  36. Disposición adicional primera Incorporación de la información en los registros Modificado
  37. Disposición adicional segunda Buques con puerto base en las ciudades de Ceuta y Melilla Modificado
  38. Disposición adicional tercera Administración electrónica Modificado
  39. Disposición adicional cuarta Condiciones aplicables a los buques regularizados a los que se aplicó el artículo 55.h) del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre Modificado
  40. Disposición transitoria primera Tramitación de los expedientes y procedimientos iniciados al amparo del Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre y del Real Decreto 1035/2017 de 15 de diciembre Modificado
  41. Disposición transitoria segunda Exportaciones y siniestros Modificado
  42. Disposición transitoria tercera Condiciones aplicables a los buques regularizados por normativas previas a la publicación del presente real decreto Modificado
  43. Disposición derogatoria única Derogación normativa Modificado
  44. Disposición final primera Modificación del Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales Modificado
  45. Disposición final segunda Facultad de desarrollo Modificado
  46. Disposición final tercera Título competencial Modificado
  47. Disposición final cuarta Entrada en vigor Modificado
Citenza

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