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Vigente Real Decreto 36 unidades
Real Decreto 815/2023, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión.
Real Decreto 815/2023es-royal-decree-2023-11-08-8159 nov 2023
- Preámbulo Preámbulo Modificado
- Artículo 1 Objeto Modificado
- Artículo 2 Registros oficiales Modificado
- Artículo 3 Cooperación con otras autoridades supervisoras nacionales Modificado
- Artículo 4 Solicitud de informe previo y de información, conforme al Reglamento (UE) n.º 648/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, a otras autoridades supervisoras nacionales Modificado
- Artículo 5 Cooperación con otras autoridades nacionales Modificado
- Artículo 6 Cooperación con otras autoridades supervisoras de la Unión Europea Modificado
- Artículo 7 Intercambio de información Modificado
- Artículo 8 Notificación de datos a la AEVM y las autoridades competentes respecto de los límites de posiciones en derivados sobre materias primas Modificado
- Artículo 9 Consulta previa a otras autoridades competentes de supervisión de la Unión Europea Modificado
- Artículo 10 Negativa a cooperar o al intercambio de información Modificado
- Artículo 11 Cooperación en materia de supervisión de centros de negociación Modificado
- Artículo 12 Modificado
- Artículo 13 Ámbito subjetivo de la función supervisora Modificado
- Artículo 14 Contenido de la revisión y evaluación supervisoras Modificado
- Artículo 15 Revisión permanente de la autorización de utilizar métodos internos Modificado
- Artículo 16 Cooperación con autoridades de otros Estados miembros Modificado
- Artículo 17 Obligación de informar a la ABE Modificado
- Artículo 18 Obligaciones de información en situaciones de urgencia Modificado
- Artículo 19 Supervisión de los grupos consolidables Modificado
- Artículo 20 Inclusión de sociedades de cartera en la supervisión consolidada Modificado
- Artículo 21 Solicitudes de información y comprobaciones de la actividad de las sociedades mixtas de cartera Modificado
- Artículo 22 Intercambio de información en materia de supervisión en base consolidada y sociedades mixtas de cartera Modificado
- Artículo 23 Colaboración de la CNMV con otras autoridades en el marco de la supervisión de grupo Modificado
- Artículo 24 Funcionamiento de los colegios de supervisores Modificado
- Artículo 25 Colaboración de la CNMV con autoridades de otros países en el marco de la supervisión de sucursales Modificado
- Artículo 26 Comprobaciones in situ de la actividad de las sucursales Modificado
- Artículo 27 Comprobación de información relativa a entidades de otros Estados miembros de la Unión Europea Modificado
- Artículo 28 Decisiones conjuntas Modificado
- Artículo 29 Procedimiento de declaración de sucursales como significativas y obligaciones de información de la CNMV Modificado
- Artículo 30 Obligaciones de publicidad de la CNMV en materia de solvencia Modificado
- Artículo 31 Información sobre solvencia de las empresas de servicios de inversión Modificado
- Disposición final primera Títulos competenciales Modificado
- Disposición final segunda Incorporación de Derecho de la Unión Europea Modificado
- Disposición final tercera Habilitaciones normativas Modificado
- Disposición final cuarta Entrada en vigor Modificado