🇪🇸 Spagna
In vigore Real Decreto 36 unità
Real Decreto 815/2023, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, en relación con los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la cooperación con otras autoridades y la supervisión de empresas de servicios de inversión.
Real Decreto 815/2023es-royal-decree-2023-11-08-8159 nov 2023
- Preambolo Preámbulo Modificato
- Articolo 1 Objeto Modificato
- Articolo 2 Registros oficiales Modificato
- Articolo 3 Cooperación con otras autoridades supervisoras nacionales Modificato
- Articolo 4 Solicitud de informe previo y de información, conforme al Reglamento (UE) n.º 648/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, a otras autoridades supervisoras nacionales Modificato
- Articolo 5 Cooperación con otras autoridades nacionales Modificato
- Articolo 6 Cooperación con otras autoridades supervisoras de la Unión Europea Modificato
- Articolo 7 Intercambio de información Modificato
- Articolo 8 Notificación de datos a la AEVM y las autoridades competentes respecto de los límites de posiciones en derivados sobre materias primas Modificato
- Articolo 9 Consulta previa a otras autoridades competentes de supervisión de la Unión Europea Modificato
- Articolo 10 Negativa a cooperar o al intercambio de información Modificato
- Articolo 11 Cooperación en materia de supervisión de centros de negociación Modificato
- Articolo 12 Modificato
- Articolo 13 Ámbito subjetivo de la función supervisora Modificato
- Articolo 14 Contenido de la revisión y evaluación supervisoras Modificato
- Articolo 15 Revisión permanente de la autorización de utilizar métodos internos Modificato
- Articolo 16 Cooperación con autoridades de otros Estados miembros Modificato
- Articolo 17 Obligación de informar a la ABE Modificato
- Articolo 18 Obligaciones de información en situaciones de urgencia Modificato
- Articolo 19 Supervisión de los grupos consolidables Modificato
- Articolo 20 Inclusión de sociedades de cartera en la supervisión consolidada Modificato
- Articolo 21 Solicitudes de información y comprobaciones de la actividad de las sociedades mixtas de cartera Modificato
- Articolo 22 Intercambio de información en materia de supervisión en base consolidada y sociedades mixtas de cartera Modificato
- Articolo 23 Colaboración de la CNMV con otras autoridades en el marco de la supervisión de grupo Modificato
- Articolo 24 Funcionamiento de los colegios de supervisores Modificato
- Articolo 25 Colaboración de la CNMV con autoridades de otros países en el marco de la supervisión de sucursales Modificato
- Articolo 26 Comprobaciones in situ de la actividad de las sucursales Modificato
- Articolo 27 Comprobación de información relativa a entidades de otros Estados miembros de la Unión Europea Modificato
- Articolo 28 Decisiones conjuntas Modificato
- Articolo 29 Procedimiento de declaración de sucursales como significativas y obligaciones de información de la CNMV Modificato
- Articolo 30 Obligaciones de publicidad de la CNMV en materia de solvencia Modificato
- Articolo 31 Información sobre solvencia de las empresas de servicios de inversión Modificato
- Disposizione final primera Títulos competenciales Modificato
- Disposizione final segunda Incorporación de Derecho de la Unión Europea Modificato
- Disposizione final tercera Habilitaciones normativas Modificato
- Disposizione final cuarta Entrada en vigor Modificato