🇪🇸 España
Vigente Real Decreto 72 unidades

Real Decreto 141/2026, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

Real Decreto 141/2026es-royal-decree-2026-02-25-141

Transportes marítimos

  1. Preámbulo Preámbulo
  2. Artículo único
  3. Disposición adicional primera Constitución de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil
  4. Disposición adicional segunda Supresión de órganos
  5. Disposición adicional tercera Incorporación de personal
  6. Disposición adicional cuarta Servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC)
  7. Disposición adicional quinta Medidas de funcionamiento
  8. Disposición adicional sexta Sede de la Autoridad
  9. Disposición transitoria primera Ejercicio transitorio de las funciones atribuidas a la Autoridad
  10. Disposición transitoria segunda Régimen presupuestario y de rendición de cuentas
  11. Disposición transitoria tercera Expedientes, obligaciones, contratos y gastos
  12. Disposición derogatoria única Derogación normativa
  13. Disposición final primera
  14. Disposición final segunda Registro de Recomendaciones de Seguridad
  15. Disposición final tercera Habilitación normativa
  16. Disposición final cuarta Título competencial
  17. Disposición final quinta Entrada en vigor
  18. CAPÍTULO I
  19. Artículo 1 Naturaleza jurídica
  20. Artículo 2 Funciones de la Autoridad
  21. Artículo 3 Autonomía e independencia
  22. Artículo 4 Potestades administrativas
  23. Artículo 5 Asistencia jurídica
  24. Sección 1
  25. Artículo 6 Principios de gestión
  26. Artículo 7 Planificación estratégica y anual
  27. Artículo 8 Evaluación de la actividad
  28. Artículo 9 Transparencia y publicidad
  29. Sección 2
  30. Artículo 10 Sistema de investigación técnica de accidentes e incidentes
  31. Artículo 11 Sistema de respuesta ante accidentes e incidentes
  32. Artículo 12 Sistema de atención a las víctimas y sus familiares, y a las asociaciones de víctimas
  33. Artículo 13 Sistema de protección de la información
  34. Sección 3
  35. Artículo 14 Relaciones de colaboración y cooperación
  36. Artículo 15 Relaciones de colaboración y cooperación de ámbito internacional
  37. Artículo 16 Convenios y Protocolos
  38. Artículo 17 Estructura organizativa de la Autoridad
  39. Artículo 18 Consejo
  40. Artículo 19 Funciones del Consejo
  41. Artículo 20 Funcionamiento del Consejo
  42. Artículo 21 Funciones de la persona titular de la Presidencia de la Autoridad
  43. Artículo 22 Funciones de los Consejeros y Consejeras
  44. Artículo 23 Direcciones de investigación técnica
  45. Artículo 24 Secretaría General
  46. Artículo 25 Nombramiento y cese de las personas titulares de los órganos directivos
  47. Artículo 26 Unidad de asistencia familiar
  48. Artículo 27 Unidad de apoyo técnico
  49. Artículo 28 Clases de personal
  50. Artículo 29 Personal directivo
  51. Artículo 30 Régimen jurídico
  52. Artículo 31 Relaciones laborales
  53. Artículo 32 Planificación estratégica de recursos humanos
  54. Artículo 33 Ordenación de puestos de trabajo
  55. Artículo 34 Selección y provisión de puestos de trabajo
  56. Artículo 35 Evaluación del desempeño
  57. Artículo 36 Régimen retributivo
  58. Artículo 37 Jornada y horarios
  59. Artículo 38 Formación
  60. Artículo 39 Prevención de Riesgos Laborales
  61. Artículo 40 Acción Social
  62. Artículo 41 Incompatibilidades del personal de la Autoridad
  63. Artículo 42 Código de Conducta Ética
  64. Artículo 43 Sistema interno de información
  65. CAPÍTULO V
  66. Sección 1
  67. Artículo 44 Financiación de la Autoridad
  68. Artículo 45 Gestión y recaudación de ingresos
  69. Artículo 46 Cuentas bancarias
  70. Sección 2
  71. Artículo 47 Patrimonio
  72. Artículo 48 Inventario de bienes y derechos
  73. Artículo 49 Contratación
  74. Sección 3
  75. Artículo 50 Presupuesto de la Autoridad
  76. Artículo 51 Ejercicio económico
  77. Sección 4
  78. Artículo 52 Contabilidad
  79. Artículo 53 Cuentas anuales
  80. Artículo 54 Control de la gestión económico-financiera
  81. Artículo 55 Control de eficacia y de supervisión continua
Citenza

Inteligencia jurídica con fuentes verificables, por Datons.

citenza.io