España
Vigente Resolución 4 unidades
Resolución de 13 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 1 a practicar un asiento de presentación.
X 22838/boees-x-boe-a-2026-2283831 oct 2026
- Apartado de anexo quinto Apartado quinto. La donación se hace con reversión a favor del donante conforme a lo dispuesto en el artículo 641 del Código Civil, en los dos siguientes casos:
- Apartado de anexo sexto Apartado sexto. Es deseo de los donantes que el donatario asuma el deber moral de prestarle sustento, habitación, vestido, asistencia médica y demás necesidades ordinarias de la vida, según la posición social de la familia del mismo donatario, si ello fuera necesario
- Apartado de anexo primero Apartado primero. Naturaleza del procedimiento de inscripción en el Registro de la Propiedad
- Apartado de anexo segundo Apartado segundo. Doctrina administrativa