Cile
In vigore Decreto ley 11 unità
DL 43cl-decree-law-1924-10-21-4321 ott 1924
- Articolo o Reorganizánse los Departamentos de Estado de Industria y Obras Públicas y Ferrocarriles en la forma establecida por el presente decreto-lei
- Articolo
- Articolo 3
- Articolo 4 o El Ministerio de Agricultura, Industria y Colonizacion, se compondrá de tres Secciones: de Agricultura, de Industria y de Colonizacion, y le corresponderá:
- Articolo 5 o El Ministerio de Obras y Vias Públicas tendrá la siguiente planta de empleados, con los sueldos que se indican:
- Articolo 6 o El Ministerio de Agricultura, Industria y Colonizacion, tendrá la siguiente planta de empleados, con los sueldos que se indican:
- Articolo 7
- Articolo
- Articolo 2 o El personal que fuere designado para desempeñar empleos con sueldo menor que el que actualmente disfruta, continuará gozando de la diferencia de sueldo como gratificacion
- Articolo 3 o Desde la vijencia del presento decreto-lei, la Oficina del Trabajo pasará a funcionar bajo la dependencia del Ministerio de Hijiene, Asistencia y Prevision Social
- Articolo 4