🇨🇱 Cile
Parzialmente abrogata Decreto ley 111 unità

NORMAS SOBRE ADQUISICION, ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE BIENES DEL ESTADO

DL 1.939cl-decree-law-1977-11-10-193911 dic 2023

BIENES PUBLICOSBIENES NACIONALES DE USO PUBLICO (CHILE)

  1. Articolo 1 Las facultades de adquisición,
  2. Articolo 2 Para los efectos del presente decreto
  3. Articolo 3 Corresponderá al Ministerio formar y
  4. Articolo 4 Los Notarios, Conservadores, Archiveros,
  5. Articolo 5 La Dirección deberá registrar los
  6. Articolo 6 Las tierras fiscales situadas hasta una
  7. Articolo 7 Por razones de interés nacional se
  8. Articolo 8 Los Notarios y los respectivos
  9. Articolo 9 Cuando fuere aplicable la prohibición a
  10. Articolo 10 No se podrá inscribir el dominio de
  11. Articolo 11 Los bienes raíces que pertenezcan al
  12. Articolo 12 En las causas civiles y criminales, que
  13. Articolo 13 Los propietarios de terrenos colindantes
  14. Articolo 14 Las transferencias de dominio de terrenos
  15. Articolo 15 Derogado
  16. Articolo 16 En los contratos de compraventa de
  17. Articolo 17 Cada vez que la presente ley exija que un
  18. Articolo 18 En conformidad a las normas señaladas en
  19. Articolo 19 La Dirección, sin perjuicio de las
  20. Articolo 20 La demolición de edificios o
  21. Articolo 21 Los predios que hubieren sido declarados
  22. Articolo 22 El Director, en representación del
  23. Articolo 23 Todas las facultades que la presente ley
  24. Articolo 24 Los bienes muebles destinados para la
  25. Articolo 25 La adquisición y disposición de los
  26. Articolo 26 La adquisición del dominio de bienes por
  27. Articolo 27 Los terrenos que dejaren de estar
  28. Articolo 28 El Director tendrá la representación
  29. Articolo 29 Sin perjuicio de las excepciones legales,
  30. Articolo 30 El Servicio interesado en la compra de un
  31. Articolo 31 Tratándose de compras a plazo, no podrá
  32. Articolo 32 La escritura de compra será redactada
  33. Articolo 33 La Dirección, en representación del
  34. Articolo 34 El Presidente de la República, a través
  35. Articolo 35 Tanto la permuta como la compraventa se
  36. Articolo 36 Autorízase a las Municipalidades, a las
  37. Articolo 37 La donación de bienes que se haga al
  38. Articolo 38 Las donaciones que se hagan al Fisco
  39. Articolo 39 Las personas que ofrezcan donar bienes
  40. Articolo 40 Cuando a juicio de la Dirección, los
  41. Articolo 41 Decláranse de utilidad pública y
  42. Articolo 42 Los derechos sucesorios del Fisco se
  43. Articolo 43 La posesión efectiva de las herencias
  44. Articolo 44 Toda resolución judicial que declare
  45. Articolo 45 Los créditos hereditarios o
  46. Articolo 46 Corresponderá a la Dirección la
  47. Articolo 47 El depositario a que se refiere el
  48. Articolo 48 Las denuncias a que se refiere el
  49. Articolo 49 Se tendrá como primer denunciante a
  50. Articolo 50 Si la misma denuncia es formulada por
  51. Articolo 51 La recompensa será decretada una vez que
  52. Articolo 52 Para establecer el monto de la
  53. Articolo 53 Cuando se trate de herencias deferidas al
  54. Articolo 54 Si se acordare pagar la recompensa por
  55. Articolo 55 En relación con su administración, los
  56. Articolo 56 Mediante la destinación se asigna, a
  57. Articolo 57 Conforme a las disposiciones de este
  58. Articolo 58 Las concesiones podrán adjudicarse a
  59. Articolo 59 La adjudicación de la concesión se
  60. Articolo 60 La adjudicación de la concesión no
  61. Articolo 61 Las concesiones se otorgarán a título
  62. Articolo 62 La concesión durará el plazo convenido
  63. Articolo 62 a El concesionario podrá transferir la
  64. Articolo 62 b DEROGADO
  65. Articolo 62 c La concesión se extinguirá por las
  66. Articolo 62 d El Fisco no responderá de los daños,
  67. Articolo 63 Las controversias o reclamaciones que se
  68. Articolo 64 Por decreto dictado a través del
  69. Articolo 65 Los terrenos desafectados en conformidad
  70. Articolo 66 El uso y goce de bienes del Estado sólo
  71. Articolo 67 La resolución o decreto que disponga el
  72. Articolo 68 En todo contrato de arrendamiento se
  73. Articolo 69 La renta anual mínima que podrá fijarse
  74. Articolo 70 Si el arrendatario no pagare puntualmente
  75. Articolo 71 Toda mejora introducida por el
  76. Articolo 72 Siempre que según el Servicio ello fuere
  77. Articolo 73 La resolución de la Dirección, o copia
  78. Articolo 74 Las rentas de arrendamiento de inmuebles
  79. Articolo 75 El plazo de arrendamiento de los bienes
  80. Articolo 76 En todo caso, el Fisco deberá reservarse
  81. Articolo 77 Antes del vencimiento del plazo por el
  82. Articolo 78 No podrán cederse o transferirse a
  83. Articolo 79 Ningún arrendatario podrá destinar la
  84. Articolo 80 El incumplimiento de cualesquiera de las
  85. Articolo 81 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  86. Articolo 82 Con excepción de las propiedades a que
  87. Articolo 83 Los bienes del Estado sólo podrán
  88. Articolo 84 El Presidente de la República, a través
  89. Articolo 85 El precio de venta de los bienes
  90. Articolo 86 Los adquirentes de bienes raíces
  91. Articolo 87 El Presidente de la República, por
  92. Articolo 88 Autorízase al Presidente de la
  93. Articolo 89 Sólo podrá otorgarse título gratuito
  94. Articolo 90 No podrán ser radicados ni optar a un
  95. Articolo 91 Las personas a quienes se les hubiere
  96. Articolo 92 Si el beneficiario de un Acta de
  97. Articolo 93 El decreto que otorgue el título
  98. Articolo 94 El decreto que confiera el título
  99. Articolo 95 Los particulares que adquieran a título
  100. Articolo 96 Los terrenos adquiridos gratuitamente no
  101. Articolo 97 Tratándose de transferencias gratuitas
  102. Articolo 98 La mujer casada se considerará separada
  103. Articolo 99 Deróganse todas las disposiciones
  104. Articolo 100 El Ministerio de Bienes Nacionales
  105. Articolo 101 El Ministerio de Bienes Nacionales
  106. Articolo 102 En todo aquéllo que fuere compatible,
  107. Disposizione transitoria
  108. Articolo 1 Dentro del plazo de seis meses, contado
  109. Articolo 2 Lo dispuesto en el inciso segundo del
  110. Articolo 3 Las enajenaciones de sitios fiscales
  111. Articolo 4 Otórgase el plazo fatal de 90 días a
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