DL 2.222

SUSTITUYE LEY DE NAVEGACION

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Articolo 10La matrícula de naves y la inscripción de los

Articolo 11Para matricular una nave en Chile se requiere

Articolo 12Al solicitar la inscripción de una nave en el

Articolo 13Inscrita la nave, será chilena y se entenderá

Articolo

Articolo 15En el Registro de Matrícula de Naves Mayores,

Articolo 16Para que puedan constituirse hipotecas, prendas

Articolo 17Finalizada la construcción de la nave, el

Articolo 18En los Registros de Matrícula de Artefactos

Articolo 19Las naves y los artefactos navales adquiridos o

Articolo 20En el Registro de Hipotecas, Gravámenes y

Articolo 21Las inscripciones de naves en el Registro de

Articolo 22Para hacerse a la mar desde un puerto de la

Articolo 23El capitán que se hiciere a la mar sin que la

Articolo 24Toda nave podrá entrar en cualquier puerto

Articolo 25La Autoridad Marítima de cada puerto es la

Articolo 26La revisión de los documentos y pasaportes de

Articolo 27En caso de arribada forzosa, el capitán

Articolo 28Antes que una nave ingrese en aguas sometidas a

Articolo 29La navegación en aguas sometidas a la

Articolo 30Corresponde a la Dirección supervigilar la

Articolo 31Toda nave se regirá, en lo relativo al

Articolo 32La Dirección podrá en casos calificados,

Articolo 33La reunión de naves para navegar en conjunto,

Articolo 34Llámase "practicaje" a todas las maniobras que

Articolo 35Toda nave extranjera, y las naves nacionales en

Articolo 36Los servicios de practicaje y pilotaje

Articolo 37Los prácticos, durante el desempeño de sus

Articolo 38Las tarifas que pagarán los usuarios de los

Articolo 39Ninguna nave podrá dedicarse a faenas de

Articolo 40Las Autoridades Marítimas podrán ordenar el

Articolo 41En las faenas de remolque, o en otras maniobras

Articolo 42DEROGADO

Articolo 43DEROGADO

Articolo 44El armador u operador de una nave serán

Articolo 45Toda nave deberá tener un agente o

Articolo 46Sin perjuicio de la representación del

Articolo 47Personal embarcado o "gente de mar" es el que,

Articolo 48El personal embarcado o "gente de mar" se

Articolo 49Para ser capitán es necesario ser chileno y

Articolo 50El capitán es el jefe superior de la nave

Articolo 51El capitán de una nave nacional es delegado de

Articolo 52Los oficiales, tripulantes y pasajeros deben

Articolo 53El capitán debe respetar y hacer cumplir las

Articolo 54El capitán será ministro de fe respecto de

Articolo 55El capitán, durante el desempeño de su puesto

Articolo 56El capitán hará que se anoten en el

Articolo 57En caso de siniestro, el capitán debe poner a

Articolo 58El capitán, aún cuando tuviere la obligación

Articolo 59Será obligación preferente del capitán

Articolo 60Los deberes, atribuciones y responsabilidades

Articolo 61Salvo lo previsto en el artículo 68, para ser

Articolo 62En caso de muerte o impedimento del capitán

Articolo 63Para los efectos del orden y disciplina, todos

Articolo 64El oficial de guardia de cubierta actuará en

Articolo 65Para ser tripulante de naves nacionales es

Articolo 66En los reglamentos respectivos se determinarán

Articolo 67El Director podrá otorgar título de capitán

Articolo 68Los títulos profesionales y licencias

Articolo 69El régimen interno para la vigilancia y

Articolo 70Las naves mayores estarán al mando de un

Articolo 71Patrón es la persona de nacionalidad chilena

Articolo 72Las naves de pesca artesanal, las deportivas y

Articolo 73Dotación es el número de oficiales y

Articolo 74Corresponde a la Autoridad Marítima calificar

Articolo 75Todo el personal embarcado se registrará en el

Articolo 76Sin perjuicio de las normas generales que rigen

Articolo 77Ninguna persona de la dotación de una nave

Articolo 78Las naves que transporten pasajeros deben

Articolo 79El Rol de Dotación y la Lista de Pasajeros

Articolo 80Las faltas al orden y a la disciplina serán

Articolo 81Corresponderá asimismo a las Autoridades

Articolo 82No obstante lo dispuesto en el artículo 80,

Articolo 83Será obligatorio para los capitanes de naves

Articolo 84En caso de delito, el capitán podrá arrestar

Articolo 85Cuando ocurriere un hecho delictuoso a bordo de

Articolo 86Las infracciones al orden y a la disciplina no

Articolo 87El reglamento establecerá el procedimiento que

Articolo 88Las infracciones a las normas de seguridad que

Articolo 89El capitán será siempre responsable de la

Articolo 90El capitán de la nave velará porque el

Articolo 91La Autoridad Marítima será la autoridad

Articolo 92Toda nave que transporte pasajeros deberá

Articolo 93El Director autorizará el transporte de

Articolo 94Las normas sobre seguridad del servicio de

Articolo 95La Dirección, por intermedio de las

Articolo 96La Autoridad Marítima y su personal, en el

Articolo 97Corresponde a la Autoridad Marítima

Articolo 98Los capitanes y las dotaciones de todas las

Articolo 99El Presidente de la República podrá fijar al

Articolo 100En caso de emergencia nacional o

Articolo 101Toda nave está obligada a cumplir con las

Articolo 102Toda nave tiene la obligación de acudir en

Articolo 103El capitán de la nave que arribe primero al

Articolo 104DEROGADO

Articolo 105El rescate de especies náufragas u

Articolo 106DEROGADO

Articolo 107DEROGADO

Articolo 108DEROGADO

Articolo 109Los buques de la Armada Nacional que presten

Articolo 110DEROGADO

Articolo 111DEROGADO

Articolo 112Al producirse una colisión o abordaje entre

Articolo 113DEROGADO

Articolo 114DEROGADO

Articolo 115DEROGADO

Articolo 116DEROGADO

Articolo 117DEROGADO

Articolo 118En el juicio en que se persigan las

Articolo 119DEROGADO

Articolo 120DEROGADO

Articolo 121DEROGADO

Articolo 122DEROGADO

Articolo 123Las autoridades Marítimas adoptarán las

Articolo 124Cuando la Autoridad Marítima tenga

Articolo 125Con el fin de establecer las responsabilidades

Articolo 126Toda persona que se negare a concurrir a la

Articolo 127En caso de accidente o siniestro ocurrido a

Articolo 128Si se tratare del desaparecimiento de una nave

Articolo 129Si naufragare una nave extranjera fuera de los

Articolo 130Las averías que sufra la carga, como también

Articolo 131Una vez emitido el dictamen del fiscal en los

Articolo 132Cuando dentro de las aguas sometidas a la

Articolo 132 bisSi una nave o artefacto naval se

Articolo 132 terLas naves o artefactos que estén a

Articolo 133Si el valor obtenido por la enajenación de la

Articolo 134En caso de urgencia, la Autoridad Marítima

Articolo 135Cuando, a juicio de la Autoridad

Articolo 136La persona que conforme al artículo anterior

Articolo 137Al iniciarse los trabajos de rescate de la

Articolo 138La persona o entidad que se adjudique la

Articolo 139Las normas que anteceden se entenderán sin

Articolo 140Los particulares que, sin el expreso

Articolo 140 bisSi no se presentan oferentes a las

Articolo 141Sin perjuicio de otras reglas de competencia,

Articolo 142Se prohíbe absolutamente arrojar lastre,

Articolo 143La Dirección es la autoridad chilena

Articolo 144El mismo régimen de responsabilidad civil

Articolo 145El propietario, armador u operador de la nave

Articolo 146Toda nave o artefacto naval que mida más de

Articolo 147En el caso de instalaciones terrestres que

Articolo 148Las disposiciones de este párrafo no se

Articolo 149Corresponde a la Dirección aplicar las

Articolo 150Las sanciones y multas que procedan se

Articolo 151Las sanciones y multas por las infracciones a

Articolo 152El capitán de la nave infractora, sin

Articolo 153Un ministro de la Corte de Apelaciones que

Articolo 154El mismo tribunal conocerá también de las

Articolo 155Las acciones directas que esta ley o los

Articolo 156En los juicios a que se refieren los

Articolo 157La prueba en estos juicios se rendirá de

Articolo 158El tribunal, durante toda la tramitación del

Articolo 159El monto de los honorarios provisionales del

Articolo 160Excepto el caso señalado en el artículo 155,

Articolo 161Cuando la materia disputada, en los casos a

Articolo 162De los juicios de que trata este título

Articolo 163DEROGADO

Articolo 164La presente ley se aplicará a los buques de

Articolo 165Las disposiciones de esta ley rigen en lo que

Articolo 166Un reglamento especial establecerá las

Articolo 167DEROGADO

Articolo 168Para calcular la equivalencia a moneda

Articolo 169La Dirección General del Territorio Marítimo

Articolo 170Para todos los efectos legales, estos recursos

Articolo 171Libérase del pago de derechos y tarifas:

Articolo 172Cuando haya lugar al cobro judicial de las

Articolo Deróganse, a contar del 1°de Enero de

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