Cile
In vigore Decreto ley 10 unità
INTRODUCE MODIFICACIONES AL ARTICULO 1° DEL DECRETO LEY N° 1.606, DE 1976, QUE REEMPLAZO EL TEXTO DEL DECRETO LEY N° 825, DE 1974, SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS Y A OTRAS DISPOSICIONES LEGALES
DL 2.312cl-decree-law-1978-08-25-231228 dic 1993
- Articolo 1 Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 1° del decreto ley N° 1
- Articolo 2 Deróganse, a contar del 1° de Septiembre de 1978:
- Articolo 3
- Articolo 4
- Articolo 5 Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 828, de 1974, sobre Impuesto a los Tabacos Manufacturados, con vigencia a contar del 1° de Septiembre de 1978:
- Articolo 6 Establécese un derecho de explotación a beneficio fiscal, que gravará la explotación que haga la Empresa Nacional del Petróleo de yacimientos productores de gas y/o petróleo en el territorio nacional
- Articolo 7
- Articolo 1
- Articolo 2
- Articolo 3