DL 3.475

MODIFICA LA LEY DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS CONTENIDA EN EL DECRETO LEY N° 619, DE 1974

Articolo 1Grávase con el impuesto que se indica

Articolo 2La prórroga o la renovación de los

Articolo 2 bisLas colocaciones de bonos o títulos

Articolo 3En reemplazo de los impuestos

Articolo 4

Articolo 5Sin perjuicio de lo dispuesto en el

Articolo 6Para los efectos de aplicar las

Articolo 7En los actos, contratos u otras

Articolo 8La base imponible de los documentos

Articolo 9Son sujetos o responsables del pago de

Articolo 10Tratándose del impuesto del artículo

Articolo 11Los impuestos que establece el artículo

Articolo 12En los actos, contratos u otras

Articolo 13El contribuyente que recibiere un

Articolo 14Los impuestos del presente decreto ley

Articolo 15Salvo norma expresa en contrario los

Articolo 16Los notarios y los Oficiales del

Articolo 17Los impuestos establecidos en esta ley

Articolo 18El Director del Servicio de Impuestos

Articolo 19El tipo, forma y características de las

Articolo 20Las Tesorerías Fiscales y Oficinas de

Articolo 21Las estampillas que se empleen para el

Articolo 22El empleo de máquinas timbradoras de

Articolo 23Sólo estarán exentas de los impuestos

Articolo 24Sólo estarán exentos de los impuestos

Articolo 25La infracción a las disposiciones del

Articolo 26Los documentos que no hubieren pagado

Articolo 27Sin perjuicio de la responsabilidad que

Articolo 28Cuando por adolecer un acto o contrato

Articolo 29No obstante el carácter documentario de

Articolo 30Las tasas fijas de este decreto ley

Articolo 31Para los efectos de fijar el monto de

Articolo 32El presente decreto ley empezará a

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