DL 3.529

NORMAS COMPLEMENTARIAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE INCIDENCIA PRESUPUESTARIA

Articolo 1Las normas sobre reajustes automáticos

Articolo 2No obstante lo dispuesto en la frase

Articolo 3Facúltase al Presidente de la

Articolo 4Renuévase, a contar de la fecha de

Articolo 5Sustitúyese, en el párrafo final del

Articolo 6No obstante lo dispuesto en el artículo

Articolo 7Facúltase al Presidente de la

Articolo 8Los trabajadores de la Empresa de

Articolo 9Para todos los efectos legales,

Articolo 10Fíjase, a contar del 1° de Enero de

Articolo 11Los cargos de la planta contenida en el

Articolo 12Los nombramientos y el encasillamiento en

Articolo 13Los pensionados de las Cajas de

Articolo 14En los cargos genéricos de

Articolo 15Los funcionarios que sean encasillados en

Articolo 16Suprímense en las Plantas de Personal de

Articolo 17Intercálase, en el artículo 7° del

Articolo 18Los servidores del Estado, regidos por el

Articolo 19El monto del viático, en moneda

Articolo 20Las entidades regidas por el decreto ley

Articolo 21Facúltase al Presidente de la República

Articolo 22Los bonos u otros documentos que se

Articolo 23Deróganse el artículo 25 del decreto

Articolo 24Suprímese, en el inciso segundo del

Articolo 25Introdúcense las siguientes

Articolo 26Modifícase el artículo 4° del decreto

Articolo 27Sustitúyese el N° 2), del artículo 5°

Articolo 28DEROGADO

Articolo 29Elimínase de la enumeración de

Articolo 30Introdúcense las siguientes

Articolo 31Reemplázase en el inciso segundo del

Articolo 32Sustitúyese, en el artículo 4° del

Articolo 33Deróganse las siguientes disposiciones:

Articolo

Articolo 35Facúltase a la Empresa de los

Articolo 36Prohíbese, a contar del 1° de Julio de

Articolo 37Introdúcense las siguientes

Articolo 38Créase el Fondo de Fomento y Desarrollo

Articolo 39Facúltase al Presidente de la República

Articolo 40Los recursos que se requieran para los

Articolo 1Condónase la deuda que el Servicio

Articolo

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io