🇨🇱 Cile
Ley 7 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LOS ALAMOS PARA CONTRATAR EMPRESTITO HASTA POR LA SUMA DE $ 20,000
Ley 7.316cl-law-1942-11-05-73165 nov 1942
- Articolo
- Articolo 2
- Articolo 3
- Articolo 4
- Articolo 5 Para los efectos de este empréstito no regirán las disposiciones restrictivas de la Ley Orgánica de la Caja Nacional de Ahorros o de la institución de crédito que deseare contratarlo
- Articolo 6 La Municipalidad de Los Alamos deberá solicitar la autorización correspondiente para hipotecar las propiedades que fueren necesarias para garantizar el servicio del empréstito
- Articolo 7 Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"