🇨🇱 Cile
Ley 5 unità
DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y AUTORIZA LA EXPROPIACION A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE TENO DEL TERRENO QUE SE INDICA
Ley 8.058cl-law-1945-02-07-80587 feb 1945
- Articolo
- Articolo 2 ° La expropiación se sujetará al procedimiento señalado en el inciso 3
- Articolo 3 ° La Municipalidad de Teno deberá destinar el inmueble cuya expropiación se autoriza en el artículo 1
- Articolo 4 ° El valor de la expropiación será pagado con fondos de la Municipalidad de Teno, a la cual se le autoriza para invertir con este objeto los fondos necesarios
- Articolo 5 ° Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial"