Ley 9.160

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LLAY-LLAY PARA EXPROPIAR LOS TERRENOS QUE INDICA, EN LA COMUNA DE ESE MISMO NOMBRE

Articolo 1Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de Llay-LLay, del departamento de Quillota, para expropiar un lote de terrenos ubicados en la comuna de Llay-Llay, de 98

Articolo 2La expropiación se llevará a efecto en conformidad a las disposiciones establecidas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil

Articolo 3La Municipalidad de Llay-Llay destinará los terrenos que forman el lote cuya expropiación se autoriza por el artículo 1°, a los siguientes fines: a) 19

Articolo 4La indemnización que se ajuste con el dueño o dueños o que se determine en los juicios correspondientes será de cargo de la Municipalidad de Llay-LLay

Articolo 5La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial

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