🇨🇱 Cile
Ley 8 unità
MODIFICA EL DECRETO N° 1,000, DE 1943, QUE REFUNDE LAS DISPOSICIONES SOBRE ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LA FORMA QUE SEÑALA
Ley 9.321cl-law-1949-02-16-932116 feb 1949
- Articolo
- Articolo 2 Derógase la letra g) del artículo 20 de la ley N° 8,762, que ordena agregar un artículo a continuación del 48 del decreto N° 1,000, ambos referidos en el artículo anterior
- Articolo 3
- Articolo 4 Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 7° del decreto N° 400, de 27 de Enero de 1943, que refunde las disposiciones sobre impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado:
- Articolo 5
- Articolo 6 Prorrógase hasta el 31 de Marzo del año en curso el plazo para pagar el impuesto a la producción de vinos correspondiente al año 1948
- Articolo 7
- Articolo 8 La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"