🇨🇱 Cile
Ley 4 unità
MODIFICA LA LEY N.o 6,270, QUE FIJA NORMAS PARA DETERMINAR LA JUBILACION DE LOS EMPLEADOS DEL CONGRESO NACIONAL
Ley 10.000cl-law-1951-10-27-1000027 ott 1951
- Articolo
- Articolo 2 o El montepío de las familias de los empleados en actividad o jubilados del Congreso Nacional se regulará y calculará en conformidad a las disposiciones de la Ley de Montepío Militar
- Articolo 3 o A los montepíos a que se refiere la presente ley les serán aplicables las disposiciones del artículo 6
- Articolo 4 o Lo dispuesto en el artículo 117 de la ley N