🇨🇱 Cile
Ley 10 unità
AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PARA CONTRATAR EMPRESTITOS POR LA SUMA QUE INDICA
Ley 10.295cl-law-1952-04-03-102953 apr 1952
- Articolo
- Articolo 2 ° Facúltase a la Caja Nacional de Ahorros para tomar el empréstito a que se refiere esta ley, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de su ley orgánica
- Articolo 3 ° El producto del o los empréstitos se invertirá por la Municipalidad de San Miguel en la siguiente forma:
- Articolo 4
- Articolo 5
- Articolo 6
- Articolo 7
- Articolo 8
- Articolo 9 ° Decláranse de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de San Miguel para expropiar los siguientes inmuebles ubicados en dicha comuna:
- Articolo 10 Las expropiaciones a que se refiere el artículo anterior se llevarán a efecto con arreglo al procedimiento señalado en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil"