🇨🇱 Cile
Ley 9 unità
AUTORIZA A LAS MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA CONTRATAR DIVERSOS PRESTAMOS POR LAS SUMAS QUE DETALLA
Ley 10.357cl-law-1952-07-10-1035710 lug 1952
- Articolo
- Articolo 2
- Articolo 3
- Articolo 4 o Destínase a los fines señalados en el artículo 2
- Articolo 5
- Articolo 6
- Articolo 7 o Las Municipalidades deberán publicar en el mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la localidad o de la cabecera del respectivo departamento, un estado del servicio de los préstamos
- Articolo 8
- Articolo 9