Ley 10.509

FIJA NUEVA PLANTA DE GRADOS Y SUELDOS DE LOS SERVICIOS QUE INDICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Articolo 1° Las plantas de grados y sueldos de los Servicios de la Administración Pública a que se refiere la presente ley serán las que se consultan en los artículos siguientes:

Articolo 2°- SERVICIO SOCIAL DEL TRABAJO

Articolo 3

Articolo 4°

Articolo 5° Las personas que actualmente desempeñan las funciones de Oficial de Partes y Oficial 1

Articolo 6°

Articolo 7

Articolo 8

Articolo 9° No se aplicarán a los Servicios de Correos y Telégrafos las disposiciones del artículo 5

Articolo 10

Articolo

Articolo 12

Articolo 13El artículo 75 de la ley N

Articolo 14Agrégase al inciso 2

Articolo 15DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES

Articolo 16No regirá para el personal de la Dirección General de Investigaciones la prerrogativa a que se refiere el artículo 66 de la ley N

Articolo 17Para ascender al grado de Subinspector, los detectives 1

Articolo 18DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS

Articolo 19SECCION ESTUDIOS (SUBSECRETARIA DE HACIENDA)

Articolo 20OFICINA DE PENSIONES

Articolo 21SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS

Articolo 22Reemplázase el artículo 60 de la Ordenanza de Aduanas aprobada por el decreto con fuerza de ley N

Articolo 23SERVICIO DE EXPLOTACION DE PUERTOS

Articolo 24Para ingresar como Oficial al Servicio de Explotación de Puertos se requiere, aparte de las condiciones generales señaladas en el artículo 7

Articolo 25

Articolo 26

Articolo 27

Articolo 28

Articolo 29TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Articolo 30

Articolo 31

Articolo 32SUPERINTENDENCIA DE LA CASA DE MONEDA

Articolo 33SERVICIO DE COBRANZA JUDICIAL

Articolo 34SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS DE SEGUROS, SOCIEDADES ANONIMAS Y BOLSAS DE COMERCIO

Articolo 35SUPERINTENDENCIA DEL SALITRE

Articolo 36ESTADIO NACIONAL

Articolo 37Dirección General del Registro Civil e Identificación

Articolo 38

Articolo 39Los funcionarios de Identificación y de Registro Civil deberán rendir, a satisfacción de la Contraloría General de la República, fianzas de acuerdo con las normas generales establecidas

Articolo 40Reemplázase el artículo 6

Articolo 41

Articolo 42DIRECCION GENERAL DE PAVIMENTACION

Articolo 43La facultad concedida en el artículo 126 de la ley N

Articolo 44

Articolo 45

Articolo 46Se declara que la autorización de Emisión de Empréstitos para la pavimentación a que se refiere el artículo 49 de la ley N

Articolo 47

Articolo 48DIRECCION GENERAL DE AGRICULTURA

Articolo 49

Articolo 50La Inspección de Contabilidad dependerá directamente del Ministerio, Subsecretaría

Articolo 51DIRECCION GENERAL DE TIERRAS Y COLONIZACION

Articolo 52El encasillamiento del personal de la nueva planta de la Dirección General de Tierras y Colonización se efectuará teniendo presente las normas que señala el inciso 3

Articolo 53DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO

Articolo 54Suprímese la letra a), Personal a Contrata, del ítem 15/02/04/ Gastos Variables del Presupuesto del año 1952 (8 funcionarios grado 16

Articolo 55Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:

Articolo 56JUNTA CLASIFICADORA DE EMPLEADOS Y OBREROS

Articolo 57DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS

Articolo 58DIRECCION GENERAL DE MINAS Y COMBUSTIBLES

Articolo 59DIRECCION DE COMERCIO

Articolo 60Reincorpórase a la Dirección General de Crédito Prendario y de Martillo a los empleados que debieron presentar su renuncia en el mes de Noviembre de 1947, por aplicación de la ley N

Articolo 61

Articolo 62

Articolo 63Deróganse los incisos tercero y cuarto del artículo 133 de la ley N

Articolo 64

Articolo 65Agrégase como inciso cuarto del artículo 46 de la ley N

Articolo 66Modifícase en la siguiente forma el inciso segundo del artículo 27 de la ley N

Articolo 67

Articolo 68El personal a contrata, en servicio a la fecha de vigencia de la ley N

Articolo 69

Articolo La exigencia de edad contemplada en el artículo 79 de la ley N

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

citenza.io