🇨🇱 Cile
In vigore Ley 4 unità
AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA CONVERTIR Y CONSOLIDAR LAS OBLIGACIONES FISCALES QUE INDICA EN EL BANCO CENTRAL DE CHILE
Ley 11.134cl-law-1952-12-12-1113412 dic 1952
- Articolo
- Articolo 2 o El servicio de esta obligación será realizado semestralmente por la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública con sus recursos propios
- Articolo 3 o Las prohibiciones o restricciones contenidas en la Ley Orgánica del Banco Central de Chile no regirán para los efectos de esta ley
- Articolo 4 o Agrégase, en el inciso cuarto del artículo 15 de la ley N