Ley 16.046

MODIFICA LOS D.F.L. N.os 98 y 129, DE 1960, Y LAS LEYES 14.816 Y 15.675

Articolo

Articolo 2o- Declárase que el artículo 34

Articolo 3o- Auméntase la Planta Permanente de Oficiales de la Fuerza Aérea, fijada en el D

Articolo 4o-Introdúcense las siguientes modificaciones en la Planta Permanente de Empleados Civiles, contenida en el artículo 2

Articolo 5o- Lo dispuesto en el artículo 49

Articolo 6o- El personal de Matronas y Enfermeras Universitarias que actualmente ocupa las plazas que se suprimen en los N

Articolo 7o- Créanse transitoriamente, desde el 1

Articolo 8o- Reemplázase el Escalafón de Servicios Especiales, en extinción, señalado en el artículo 2

Articolo 9o- Declárase que los servicios prestados en las Empresas del Estado están comprendidas en el artículo 19

Articolo 10o- Derógase el artículo 3

Articolo 11o- Agrégase el siguiente inciso al artículo 33

Articolo 12o- Se declara que el personal afecto al D

Articolo 13o- Aclárase el artículo 5

Articolo 14o- Amplíase, como sigue, la Partida 1899 del Arancel Aduanero, cuyo texto definitivo fue fijado por la ley N

Articolo 1o- El funcionario que desempeñe el cargo administrativo grado 1

Articolo 2o- El personal que actualmente presta a sus servicios en el escalafón sustituido por el del artículo 1

Articolo 3o-El tiempo servido en calidad de Comandante del Cuerpo de Veteranos de Chile es computable para el goce de quinquenios, en conformidad a lo dispuesto en la ley N

Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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