Ley 16.406

APRUEBA EL CALCULO DE ENTRADAS Y LA ESTIMACION DE LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE DE LA NACION EN MONEDA NACIONAL Y EN MONEDAS EXTRANJERAS REDUCIDAS A DOLARES PARA EN AÑO 1966

Articolo

Articolo 2o- Apruébase el Cálculo de Entradas y la

Articolo 3o- Se declara que, con cargo a los ítem

Articolo 4o- Sólo se podrá contratar personal con

Articolo 5o- Fíjanse para el año 1966 los siguientes

Articolo 6Reemplázase el guarismo "2%" (dos por

Articolo 7Los pasajes y fletes que ordenen los

Articolo 8Los trabajos extraordinarios que

Articolo 9Autorízase al Presidente de la

Articolo 10El derecho de alimentación de que goza

Articolo 11El beneficio contemplado en el artículo

Articolo 12Los funcionarios públicos que regresen

Articolo 13El beneficio a que se refiere el

Articolo 14Con cargo al Presupuesto no podrán

Articolo 15Sólo tendrán derecho a uso de

Articolo 16Las bonificaciones que durante el año

Articolo 17Los Servicios dependientes del Ministerio

Articolo 18Los bienes muebles que se excluyan de los

Articolo 19El Consejo y el Director de

Articolo 20El Presidente de la República podrá

Articolo 21Los Servicios e Instituciones de la

Articolo 22Los derechos de aduana, impuestos y

Articolo 23Las máquinas eléctricas y electrónicas

Articolo 24El pago de los sueldos del personal de la

Articolo 25Los sueldos, sobresueldos, asignaciones y

Articolo 26Los fondos para asignación familiar

Articolo 27El pago de honorarios, servicios o

Articolo 28Autorízase al Tesorero General de la

Articolo 29El ítem 09/01/3-27

Articolo 30Los ítem 24 y 109 "Derechos de Aduana

Articolo 31Suspéndese, por el presente año, la

Articolo 32Los Servicios Públicos podrán contratar

Articolo 33De los fondos consultados en el ítem 09,

Articolo 34Con cargo al ítem 09 el Servicio de

Articolo 35Amplíase a E° 1

Articolo 36Los gastos por suscripciones y

Articolo 37La inversión del saldo de los fondos de

Articolo 38Los miembros de las Fuerza Armadas que

Articolo 39La inversión de los fondos provenientes

Articolo 40Los decretos que deroguen saldos,

Articolo 41En los casos en que leyes especiales

Articolo 42Cuando exista duda acerca de la

Articolo 43Los reajustes que procedan en los

Articolo 44Autorízase a los Servicios Fiscales para

Articolo 45Se declara que lo establecido en el

Articolo 46A los organismos a que se refiere el

Articolo 47Sin perjuicio de lo dispuesto por el

Articolo 48Los saldos de decretos no pagados al 31

Articolo 49Autorízase al Presidente de la

Articolo 50Los Servicios Públicos o Instituciones

Articolo 51Autorízase a la Corporación de Fomento

Articolo 52Facúltase al Banco Central de Chile y a

Articolo 53Las sumas que por cualquier concepto

Articolo 54Las sumas que perciban los Departamentos

Articolo 55El Presidente de la República deberá

Articolo 56Declárase compatible el cargo de Oficial

Articolo 57Los fondos no invertidos al 31 de

Articolo 58Durante el año 1966, los fondos que

Articolo 59Las agencias voluntarias de socorro y de

Articolo 60Durante el año 1966 los ítem de los

Articolo 61Durante el año 1966, las cantidades

Articolo 62Las adquisiciones de automóviles, jeeps,

Articolo 63Facúltase a la Dirección de

Articolo 64Las solicitudes de ampliación de la

Articolo 65La firma que se adjudique una propuesta

Articolo 66Los cargos de la Administración del

Articolo 67Los contratos del personal docente

Articolo 68La Contraloría General de la República

Articolo 69Decláranse bien invertidos, por la

Articolo 70Las cuentas de pavimentación que la

Articolo 71Suspéndese hasta el 31 de Diciembre de

Articolo 72Autorízase a la Corporación de Fomento

Articolo 73Autorízase al Tesorero General de la

Articolo 74Decláranse bien efectuado los pagos

Articolo 75Facúltase al Director General de Obras

Articolo

Articolo

Articolo

Articolo 79Sustitúyese en la letra b) del inciso

Articolo 80Los excedentes de los presupuestos de los

Articolo 81Autorízase al Director de Pavimentación

Articolo 82Introdúcense las siguientes

Articolo 83Autorízase al Presidente de la

Articolo 84Autorízase a los Servicios de la

Articolo 85Sustitúyese en el inciso primero del

Articolo 86Autorízase a la Junta de Adelanto de

Articolo 87El personal docente del Ministerio de

Articolo 88El artículo 1° del DFL

Articolo 89Autorízase al Presidente de la

Articolo 90Declárase que el plazo de tres años que

Articolo 91El Ministerio de Economía, Fomento y

Articolo 92Prorrógase durante el año 1966 la

Articolo 93El personal contratado en el Programa de

Articolo 94La Contraloría General de la República

Articolo 95Los establecimientos que impartan

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