Ley 16.419

DESTINA FONDOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO REGIONAL UNIVERSITARIO DE ÑUBLE, DEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE.

Articolo 1Para los fines a que se refiere el artículo 5° de la presente ley, establécense los siguientes impuestos:

Articolo 2

Articolo 3Las donaciones que los particulares efectúen a la Universidad de Chile con este fin, quedarán exentas de todo impuesto y no estarán sujetas a insinuación

Articolo 4

Articolo 5

Articolo 6

Articolo 7

Citenza

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