🇨🇱 Cile
Ley 29 unità
MODIFICA LEYES Y DECRETOS CON FUERZA DE LEY. CONDONA PAGO DE IMPUESTOS Y DEUDAS QUE INDICA. OTRAS MATERIAS
Ley 16.623cl-law-1967-04-25-166232 gen 1974
- Articolo 1 Condónase a los Prácticos Autorizados
- Articolo 2 Redistribúyanse, por el año 1966, los
- Articolo 3 Declárase que en el concepto
- Articolo 4 Autorízase al Presidente de la
- Articolo 5 Las placas patentes para vehículos a
- Articolo 6 Agrégase el siguiente inciso a la letra
- Articolo 7 Declárase válidamente efectuado el
- Articolo 8 Autorízase al Superintendente de Bancos
- Articolo 9 Facúltase al Presidente de la
- Articolo 10 Suprímese de la Planta de Carabineros
- Articolo 11 Sustitúyese en el Escalafón de
- Articolo 12 Agrégase el siguiente inciso final al
- Articolo 13 Facúltase al Banco Central de Chile,
- Articolo 14 DEROGADO
- Articolo 15 A los actuales ocupantes de "Viviendas
- Articolo 16 Modifícase en la siguiente forma el
- Articolo 17 Reemplázase el artículo 3° de la ley
- Articolo 18 Condónanse las deudas que, por
- Articolo 19 Reemplázase la glosa del ítem
- Articolo 20 Con cargo a los fondos acumulados
- Articolo 21 Declárase que los cargos servidos por
- Articolo 22 Autorízase al Presidente de la
- Articolo 23 Las viviendas levantadas por
- Articolo 24 Declárase que las especies destinadas
- Articolo 25 Modifícase la ley N° 15
- Articolo 26 Agrégase a la glosa del ítem
- Articolo 27 Los deudores morosos de impuestos y
- Articolo 28 A los beneficios establecidos en el
- Articolo 29 A los contribuyentes que cancelaren sus