🇨🇱 Chile
Derogada parcialmente Ley 29 unidades
MODIFICA LEYES Y DECRETOS CON FUERZA DE LEY. CONDONA PAGO DE IMPUESTOS Y DEUDAS QUE INDICA. OTRAS MATERIAS
Ley 16.623cl-law-1967-04-25-166232 ene 1974
- Artículo 1 Condónase a los Prácticos Autorizados
- Artículo 2 Redistribúyanse, por el año 1966, los
- Artículo 3 Declárase que en el concepto
- Artículo 4 Autorízase al Presidente de la
- Artículo 5 Las placas patentes para vehículos a
- Artículo 6 Agrégase el siguiente inciso a la letra
- Artículo 7 Declárase válidamente efectuado el
- Artículo 8 Autorízase al Superintendente de Bancos
- Artículo 9 Facúltase al Presidente de la
- Artículo 10 Suprímese de la Planta de Carabineros
- Artículo 11 Sustitúyese en el Escalafón de
- Artículo 12 Agrégase el siguiente inciso final al
- Artículo 13 Facúltase al Banco Central de Chile,
- Artículo 14 DEROGADO
- Artículo 15 A los actuales ocupantes de "Viviendas
- Artículo 16 Modifícase en la siguiente forma el
- Artículo 17 Reemplázase el artículo 3° de la ley
- Artículo 18 Condónanse las deudas que, por
- Artículo 19 Reemplázase la glosa del ítem
- Artículo 20 Con cargo a los fondos acumulados
- Artículo 21 Declárase que los cargos servidos por
- Artículo 22 Autorízase al Presidente de la
- Artículo 23 Las viviendas levantadas por
- Artículo 24 Declárase que las especies destinadas
- Artículo 25 Modifícase la ley N° 15
- Artículo 26 Agrégase a la glosa del ítem
- Artículo 27 Los deudores morosos de impuestos y
- Artículo 28 A los beneficios establecidos en el
- Artículo 29 A los contribuyentes que cancelaren sus