🇨🇱 Cile
Parzialmente abrogata Ley 55 unità
LEGISLA SOBRE MONUMENTOS NACIONALES; MODIFICA LAS LEYES 16.617 Y 16.719; DEROGA EL DECRETO LEY 651, DE 17 DE OCTUBRE DE 1925
Ley 17.288cl-law-1970-02-04-1728817 giu 2024
- Articolo 1 °- Son monumentos nacionales y quedan bajo
- TÍTULO II. TITULO II
- Articolo
- Articolo 3 °- El Consejo tendrá un Secretario
- Articolo 4 °- El Consejo designará anualmente de su
- Articolo 5 °- El Consejo de Monumentos Nacionales
- Articolo 6 °- Son atribuciones y deberes del Consejo:
- Articolo 7 °- El Consejo de Monumentos Nacionales
- Articolo 8 °- Las autoridades civiles, militares y de
- TÍTULO III. TITULO III
- Articolo 9 °- Son Monumentos Históricos los lugares,
- Articolo 10 °- Cualquiera autoridad o persona puede
- Articolo
- Articolo
- Articolo 13 °- Ninguna persona natural o jurídica
- Articolo 14 °- La exportación de objetos o bienes
- Articolo 15 °- En caso de venta o remate de un
- Articolo 16 °- El Consejo de Monumentos Nacionales
- TÍTULO IV. TITULO IV
- Articolo 17 °- Son Monumentos Públicos y quedan bajo
- Articolo
- Articolo
- Articolo 20 °- Los Municipios serán responsables de
- TÍTULO V. TITULO V
- Articolo 21 °- Por el solo ministerio de la ley, son
- Articolo
- Articolo
- Articolo 24 Cuando las excavaciones hubieren sido
- Articolo 25 El material obtenido en las
- Articolo
- Articolo 27 Las piezas u objetos a que se refiere
- Articolo 28 El Museo Nacional de Historia Natural
- TÍTULO VI. TITULO VI
- Articolo 29 Para el efecto de mantener el carácter
- Articolo
- TÍTULO VII. TITULO VII
- Articolo
- Articolo 32 El Museo Nacional de Historia Natural,
- TÍTULO VIII. TITULO VIII
- Articolo 33 Los Museos del Estado dependientes del
- Articolo
- Articolo 35 Los Museos del Estado podrán efectuar
- Articolo
- TÍTULO IX. TITULO IX
- Articolo 37 Los Museos del Estado y los que
- TÍTULO X. TITULO X
- Articolo 38 El que causare daño en un monumento
- Articolo 38 bis La apropiación de un monumento
- Articolo 39 °- Los empleados públicos que
- Articolo 40 °- Las obras o trabajos que se inicien en
- Articolo
- Articolo 42 Se concede acción popular para
- Articolo
- Articolo 44 Las multas establecidas en la presente
- TÍTULO XI. TITULO XI
- Articolo 45 La Ley de Presupuesto de la Nación
- Articolo 46 Derógase el Decreto-Ley N° 651, de 17
- Articolo 47 El Presidente de la República dictará
- Articolo 48 Los permisos ya otorgados por el
- Articolo 49 Los trabajos de habilitación y
- Articolo
- Articolo
- Articolo 52 Facúltase al Presidente de la
- Articolo 53 El Tesorero General de la República
- Articolo 54 Autorízase a la Caja de Previsión de