🇨🇱 Cile
In vigore Ley 111 unità

LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DEL BANCO CENTRAL DE CHILE

Ley 18.840cl-law-1989-10-10-1884030 dic 2023

BANCO CENTRAL DE CHILE

  1. Articolo primero Apruébase como Ley Orgánica
  2. TÍTULO I. TITULO I
  3. Articolo 1 El Banco Central de Chile es un
  4. Articolo 2 El Banco, en el ejercicio de sus
  5. Articolo 3 El Banco tendrá por objeto velar por la
  6. Articolo 4 El Banco deberá informar al Presidente
  7. Articolo 5 El capital inicial del Banco será la
  8. TÍTULO II. TITULO II
  9. Articolo 6 La dirección y administración superior
  10. Articolo 7 El Consejo estará constituido por cinco
  11. Articolo 8 Los miembros del Consejo durarán diez
  12. Articolo 9 El Consejo elegirá de entre sus
  13. Articolo 10 Las remuneraciones del Presidente,
  14. Articolo 11 El Consejo deberá funcionar con la
  15. Articolo 12 En caso de vacancia, ausencia o
  16. Articolo 13 Ningún miembro del Consejo podrá
  17. Articolo 14 La calidad de consejero será
  18. Articolo 14 bis No podrá ser consejero el que
  19. Articolo 15 En caso de que alguno de los miembros del
  20. Articolo 16 El Presidente de la República podrá
  21. Articolo 17 El Presidente de la República, por causa
  22. Articolo 18 Corresponderá al Consejo:
  23. Articolo 19 El Ministro de Hacienda podrá asistir a
  24. Articolo 20 El Consejo estará facultado para
  25. Articolo 21 Los miembros del Consejo no están
  26. Articolo 22 El Presidente tendrá a su cargo la
  27. Articolo 23 Corresponderá al Vicepresidente:
  28. Articolo 24 El Gerente General tendrá a su cargo la
  29. Articolo 25 El Fiscal será el jefe superior de la
  30. Articolo 26 La inspección y fiscalización interna
  31. TÍTULO III. TITULO III
  32. Articolo 27 El Banco podrá otorgar financiamiento o
  33. Articolo 28 Es potestad exclusiva del Banco emitir
  34. Articolo 29 El Banco podrá contratar, dentro o fuera
  35. Articolo 30 Los billetes y monedas expresarán su
  36. Articolo 31 Los billetes y monedas emitidos por el
  37. Articolo 32 El Banco retirará de la circulación los
  38. Articolo 33 Los billetes o monedas retirados
  39. Articolo 33 bis Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  40. Articolo 34 Con el objeto de regular la cantidad de
  41. Sección C. Párrafo Cuarto
  42. Articolo 35 En materia de regulación del sistema
  43. Articolo 36 Con el objeto de cautelar la estabilidad
  44. Articolo 36 bis Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  45. Articolo 37 El Banco a solicitud del Ministro de
  46. Articolo 38 En materia internacional, el Banco
  47. Articolo 39 Toda persona podrá efectuar libremente
  48. Articolo 40 El Banco podrá exigir que la
  49. Articolo 41 Para los efectos de esta ley, se
  50. Articolo 42 El Banco podrá disponer, mediante
  51. Articolo 43 El Banco deberá adoptar las medidas
  52. Articolo 44 El tipo de cambio en el Mercado
  53. Articolo 45 El Banco podrá fiscalizar que el valor
  54. Articolo 46 De las resoluciones que, en virtud del
  55. Articolo 47 El Banco podrá convenir con
  56. Articolo 48 El Banco deberá autorizar el acceso al
  57. Articolo 49 El Banco estará facultado para imponer,
  58. Articolo 50 Las restricciones contempladas en el
  59. Articolo 51 Las operaciones de cambios
  60. Articolo 52 Lo dispuesto en este párrafo se
  61. Articolo 53 El Banco deberá compilar y publicar,
  62. Articolo 54 El Banco podrá, a petición de las
  63. Articolo 55 El Banco podrá abrir cuentas corrientes
  64. Articolo 56 El Banco estará facultado para exigir
  65. Articolo 57 El Banco podrá adquirir, a cualquier
  66. Articolo 57 bis En lo referido a la adquisición,
  67. TÍTULO IV. TITULO IV
  68. Articolo 58 Las infracciones a lo dispuesto en los
  69. Articolo 59 La persona que incurriere en falsedad
  70. Articolo 60 Si el Banco constatare la existencia de
  71. Articolo 61 Sin perjuicio de las sanciones que se
  72. Articolo 62 Las multas a que se refiere el artículo
  73. Articolo 63 El Banco podrá cobrar, judicial o
  74. Articolo 64 El que fabrique, adquiera, ingrese, o
  75. Articolo 65 El Banco deberá comunicar, por escrito,
  76. Articolo 65 bis El Banco Central se rige por el
  77. TÍTULO V. TITULO V
  78. Articolo 66 Además, el Banco deberá guardar reserva
  79. Articolo 67 Deberán publicarse en el Diario Oficial
  80. Articolo 68 Los acuerdos o resoluciones de carácter
  81. Articolo 69 De los acuerdos, reglamentos,
  82. Articolo 70 El reclamante señalará en su escrito,
  83. Articolo 71 Si la Corte de Apelaciones admitiere a
  84. Articolo 72 Si, en definitiva, se desecha la
  85. Articolo 73 Si la reclamación fuere aceptada, el
  86. Articolo 74 En aquellos casos en que la ley que se
  87. TÍTULO VI. TITULO VI
  88. Articolo 75 Corresponderá al Consejo, previo informe
  89. Articolo 76 El Gerente general deberá presentar al
  90. Articolo 77 Los excedentes que se produzcan en cada
  91. Articolo 78 El Banco confeccionará una memoria sobre
  92. Articolo 79 La memoria quedará a disposición de la
  93. Articolo 80 El Consejo deberá presentar al Ministro
  94. TÍTULO VII. TITULO VII
  95. Articolo 81 Las relaciones de los trabajadores del
  96. Articolo 81 bis No podrá desempeñar las funciones
  97. TÍTULO VIII. TITULO VIII
  98. Articolo 82 Las resoluciones que adopte el Banco
  99. Articolo 83 El Banco tendrá la facultad exclusiva de
  100. Articolo 84 Los documentos en que consten las
  101. Articolo 85 El Banco podrá, en los contratos
  102. Articolo 86 El Banco estará obligado a conservar,
  103. Articolo 87 Las disposiciones legales que contemplen
  104. Articolo 88 Cualquier mercancía podrá ser
  105. Articolo 89 Deróganse la ley N° 16
  106. Articolo 90 No se aplicarán al Banco el decreto ley
  107. Articolo 91 Corresponderá al Banco Central de Chile
  108. Articolo 1 El Presidente de la República, dentro
  109. Articolo 2 El capital del Banco a que se refiere el
  110. Articolo 3 Los títulos de renta a que se refiere
  111. Articolo 4 Los acuerdos adoptados por el Consejo
  112. Articolo 5 La operaciones de cambios
  113. Articolo 6 En los procesos que actualmente se
  114. Articolo 7 El primer Reglamento del Personal del
  115. Articolo 8 La obligación a que se refiere el
  116. Articolo 9 Las cantidades pagadas hasta el 31 de
  117. Articolo segundo Introdúcense las siguientes
  118. Articolo tercero La Secretaría Ejecutiva del Comité
  119. Articolo cuarto Esta ley entrará en vigencia sesenta
  120. Articolo
Citenza

Intelligenza giuridica con fonti verificabili, di Datons.

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