🇨🇱 Cile
In vigore Ley 56 unità

ESTABLECE EL MARCO LEGAL PARA LA CONSTITUCION Y OPERACION DE ENTIDADES PRIVADAS DE DEPOSITO Y CUSTODIA DE VALORES

Ley 18.876cl-law-1989-12-21-1887630 dic 2023

  1. TÍTULO I. TITULO I
  2. Articolo 1 Las empresas de depósito de valores que
  3. Articolo 2 Sólo pueden ser depositantes las
  4. Articolo 3 El contrato de depósito se perfecciona
  5. Articolo 4 La empresa de depósito llevará una
  6. Articolo 5 En las relaciones entre la empresa y el
  7. Articolo 6 La empresa cumplirá su obligación de
  8. Articolo 7 Entre depositantes de una misma empresa,
  9. Articolo 8 Las transferencias en favor de terceros
  10. Articolo 8 bis Las operaciones de compra con pacto
  11. Articolo 9 En caso de rescate por sorteo de letras
  12. Articolo 10 La empresa podrá, tratándose de
  13. Articolo 11 La empresa y el respectivo emisor
  14. Articolo 12 El depositante mantendrá su derecho a
  15. Articolo 13 La empresa a requerimiento escrito del
  16. Articolo 14 Se podrán constituir prendas y derechos
  17. Articolo 14 bis Los certificados que la empresa emita
  18. Articolo 14 ter A partir del momento en que se
  19. Articolo 15 Los valores adquiridos mediante
  20. Articolo 16 En el caso de prenda sujeta a la Ley
  21. Articolo 17 En los juicios en que se persiga la
  22. TÍTULO II. TITULO II
  23. Articolo 18 Las empresas estarán sujetas a las
  24. Articolo 19 Las empresas de depósito pueden poseer
  25. Articolo 20 Para desarrollar su objeto las empresas
  26. Articolo 21 La empresa recibirá información sobre
  27. Articolo 22 La Comisión aprobará el reglamento
  28. Articolo 23 Sin perjuicio de lo establecido en el
  29. Articolo 24 Los depositantes podrán también delegar
  30. Articolo 25 Las empresas sólo podrán proporcionar
  31. Articolo 26 La empresa deberá comunicar diariamente
  32. Articolo 27 La empresa responderá de la culpa
  33. Articolo 28 Las operaciones de depósito serán
  34. TÍTULO III. TITULO III
  35. Articolo 29 Sin perjuicio de los mecanismos
  36. Articolo 30 La empresa deberá comunicar a la
  37. Articolo 31 De las deliberaciones y acuerdos de las
  38. Articolo 32 Son materias propias del conocimiento de
  39. Articolo 33 Son materias propias del conocimiento de
  40. Articolo 34 Tendrán derecho a asistir a las
  41. Articolo 35 Corresponderá al comité de vigilancia
  42. Articolo 36 Para los efectos de lo dispuesto en los
  43. TÍTULO IV. TITULO IV
  44. Articolo 37 Si el patrimonio de una empresa se
  45. Articolo 38 Si las pólizas de seguros o las
  46. Articolo 39 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  47. Articolo 40 Corresponderá al comité de vigilancia
  48. Articolo 41 En caso que algún acreedor pida la
  49. Articolo 42 En caso de proposición de acuerdo de
  50. Articolo 43 Dictada la resolución de liquidación,
  51. Articolo 44 Vencido el plazo de un año contado desde
  52. Articolo 45 Durante el primer año siguiente a la
  53. Articolo 46 Para pronunciarse sobre la solicitud de
  54. TÍTULO V. TITULO V
  55. Articolo 47 Lo dispuesto en la presente ley no
  56. Articolo 48 La Comisión establecerá, mediante
  57. Articolo 49 Los administradores y apoderados de una
  58. Articolo 50 Para los efectos de esta ley no se
  59. Articolo 51 Se faculta a las entidades definidas en
  60. Articolo 52 Mientras no haya entrado en
  61. Articolo 53 Agrégase el siguiente T�tulo V al
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