🇨🇱 Chile
Vigente Ley 56 unidades
ESTABLECE EL MARCO LEGAL PARA LA CONSTITUCION Y OPERACION DE ENTIDADES PRIVADAS DE DEPOSITO Y CUSTODIA DE VALORES
Ley 18.876cl-law-1989-12-21-1887630 dic 2023
- TÍTULO I. TITULO I
- Artículo 1 Las empresas de depósito de valores que
- Artículo 2 Sólo pueden ser depositantes las
- Artículo 3 El contrato de depósito se perfecciona
- Artículo 4 La empresa de depósito llevará una
- Artículo 5 En las relaciones entre la empresa y el
- Artículo 6 La empresa cumplirá su obligación de
- Artículo 7 Entre depositantes de una misma empresa,
- Artículo 8 Las transferencias en favor de terceros
- Artículo 8 bis Las operaciones de compra con pacto
- Artículo 9 En caso de rescate por sorteo de letras
- Artículo 10 La empresa podrá, tratándose de
- Artículo 11 La empresa y el respectivo emisor
- Artículo 12 El depositante mantendrá su derecho a
- Artículo 13 La empresa a requerimiento escrito del
- Artículo 14 Se podrán constituir prendas y derechos
- Artículo 14 bis Los certificados que la empresa emita
- Artículo 14 ter A partir del momento en que se
- Artículo 15 Los valores adquiridos mediante
- Artículo 16 En el caso de prenda sujeta a la Ley
- Artículo 17 En los juicios en que se persiga la
- TÍTULO II. TITULO II
- Artículo 18 Las empresas estarán sujetas a las
- Artículo 19 Las empresas de depósito pueden poseer
- Artículo 20 Para desarrollar su objeto las empresas
- Artículo 21 La empresa recibirá información sobre
- Artículo 22 La Comisión aprobará el reglamento
- Artículo 23 Sin perjuicio de lo establecido en el
- Artículo 24 Los depositantes podrán también delegar
- Artículo 25 Las empresas sólo podrán proporcionar
- Artículo 26 La empresa deberá comunicar diariamente
- Artículo 27 La empresa responderá de la culpa
- Artículo 28 Las operaciones de depósito serán
- TÍTULO III. TITULO III
- Artículo 29 Sin perjuicio de los mecanismos
- Artículo 30 La empresa deberá comunicar a la
- Artículo 31 De las deliberaciones y acuerdos de las
- Artículo 32 Son materias propias del conocimiento de
- Artículo 33 Son materias propias del conocimiento de
- Artículo 34 Tendrán derecho a asistir a las
- Artículo 35 Corresponderá al comité de vigilancia
- Artículo 36 Para los efectos de lo dispuesto en los
- TÍTULO IV. TITULO IV
- Artículo 37 Si el patrimonio de una empresa se
- Artículo 38 Si las pólizas de seguros o las
- Artículo 39 Sin perjuicio de lo dispuesto en los
- Artículo 40 Corresponderá al comité de vigilancia
- Artículo 41 En caso que algún acreedor pida la
- Artículo 42 En caso de proposición de acuerdo de
- Artículo 43 Dictada la resolución de liquidación,
- Artículo 44 Vencido el plazo de un año contado desde
- Artículo 45 Durante el primer año siguiente a la
- Artículo 46 Para pronunciarse sobre la solicitud de
- TÍTULO V. TITULO V
- Artículo 47 Lo dispuesto en la presente ley no
- Artículo 48 La Comisión establecerá, mediante
- Artículo 49 Los administradores y apoderados de una
- Artículo 50 Para los efectos de esta ley no se
- Artículo 51 Se faculta a las entidades definidas en
- Artículo 52 Mientras no haya entrado en
- Artículo 53 Agrégase el siguiente T�tulo V al