Ley 19.179

MODIFICA PLANTA NACIONAL DE CARGOS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Y SERVICIOS DEPENDIENTES

Articolo

Articolo 2Sustitúyese, a contar del 1° de enero

Articolo 3Establécense los siguientes requisitos

Articolo 4El Ministro de Vivienda y Urbanismo,

Articolo 5El encasillamiento del personal se

Articolo 6El encasillamiento no afectará a la

Articolo 7El personal que actualmente ocupa un

Articolo 8La ubicación que corresponda a los

Articolo 9El Ministro de Vivienda y Urbanismo

Articolo 10El Ministro de Vivienda y Urbanismo,

Articolo 11Los profesionales que se desempeñen en

Articolo 12El gasto que represente la aplicación de

Articolo 13Modifícase el decreto ley N° 1

Articolo 14Derógase el decreto con fuerza de ley

TÍTULO II. TITULO II

Articolo 15Fíjase la siguiente Planta de Cargos del

Articolo 16Establécense los siguientes requisitos

Articolo 17El Director del Parque Metropolitano de

Articolo 18El encasillamiento no afectará a la

Articolo 19La ubicación que corresponda a los

Articolo 20El Director del Parque Metropolitano de

Articolo 21El Director del Parque Metropolitano de

Articolo 22A los funcionarios de la planta de

Articolo 23Todos los títulos, tanto profesionales

Articolo 24El gasto que represente la aplicación de

Articolo Fíjase, para el año 1992, la

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