🇨🇱 Cile
Parzialmente abrogata Ley 104 unità
ESTABLECE LA LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DEL MINISTERIO PUBLICO
Ley 19.640cl-law-1999-10-15-1964012 gen 2023
- Articolo 1 El Ministerio Público es un organismo
- Articolo 2 El Ministerio Público realizará sus
- Articolo 3 En el ejercicio de su función, los
- Articolo 4 El Ministerio Público podrá impartir
- Articolo 5 El Estado será responsable por las
- Articolo 6 Los fiscales y funcionarios del
- Articolo 7 Las autoridades y jefaturas, dentro del
- Articolo 8 Los fiscales y los funcionarios del
- Articolo 9 Derogado
- Articolo 9 bis Asimismo, el Fiscal Nacional, los
- Articolo 9 ter Derogado
- Articolo 10 Todas las personas que cumplan con los
- Articolo 11 El personal del Ministerio Público
- Sección 1. PARRAFO 1º
- Articolo 12 El Ministerio Público se organizará en
- Sección 2. PARRAFO 2º
- Articolo 13 El Fiscal Nacional es el jefe superior
- Articolo 14 Para ser nombrado Fiscal Nacional, se
- Articolo 15 Para los efectos de la designación del
- Articolo 16 El Fiscal Nacional durará ocho años en
- Articolo 17 Corresponderá al Fiscal Nacional:
- Articolo 18 El Fiscal Nacional podrá asumir, de
- Articolo 19 El Fiscal Nacional podrá disponer, de
- Articolo 20 La Fiscalía Nacional contará con las
- Articolo 21 El Fiscal Nacional rendirá cuenta de
- Articolo 22 Cada una de las unidades especializadas
- Articolo 23 El Fiscal Nacional será subrogado por
- Sección 3. PARRAFO 3º
- Articolo 24 El Consejo General estará integrado por
- Articolo 25 Corresponderá al Consejo General:
- Articolo 26 El Consejo General sesionará
- Articolo 26 bis La Unidad Especializada de
- Sección 4. PARRAFO 4º
- Articolo 27 A los fiscales regionales corresponde el
- Articolo 28 Existirá un fiscal regional en cada una
- Articolo 29 Los fiscales regionales serán nombrados
- Articolo 30 Los Fiscales Regionales durarán ocho
- Articolo 31 Para ser nombrado Fiscal Regional, se
- Articolo 32 Corresponderá al Fiscal Regional:
- Articolo 33 Las reclamaciones que los intervinientes
- Articolo 34 Cada Fiscalía Regional contará con las
- Articolo 35 El Fiscal Regional debe dar cumplimiento
- Articolo 36 El Fiscal Regional rendirá cuenta de
- Articolo 37 El Fiscal Regional será subrogado por
- Articolo 37 bis Créase el Sistema de Análisis
- Sección 5. PARRAFO 5º
- Articolo 38 Las fiscalías locales serán las
- Articolo 39 La ubicación de las fiscalías locales
- Articolo 40 Cuando una fiscalía local cuente con
- Articolo 41 Los fiscales adjuntos serán designados
- Articolo 42 Para ser nombrado fiscal adjunto, se
- Articolo 43 Los fiscales adjuntos cesarán en sus
- Articolo 44 Dentro de cada fiscalía local los
- Articolo 45 Los fiscales del Ministerio Público
- Articolo 46 Presentada una denuncia en contra de un
- Articolo 47 Derogado
- Articolo 48 La responsabilidad disciplinaria de los
- Articolo 49 Las infracciones de los deberes y
- Articolo 50 Las medidas disciplinarias mencionadas
- Articolo 51 Cuando un fiscal adjunto aparezca
- Articolo 52 Si el inculpado de alguna infracción a
- Articolo 53 El Fiscal Nacional y los Fiscales
- Articolo 54 No podrá dirigir la investigación ni
- Articolo 55 Son causales de inhabilitación:
- Articolo 56 Los fiscales deberán informar por
- Articolo 57 Si la declaración de inhabilitación
- Articolo 58 La información de oficio sobre la
- Articolo 59 Las inhabilitaciones que afecten a un
- Articolo 60 No podrán ser fiscales quienes tengan
- Articolo 61 El Fiscal Nacional y los Fiscales
- Articolo 62 Las funciones de los fiscales del
- Articolo 63 Los fiscales que se desempeñen en el
- Articolo 64 Los fiscales deberán abstenerse de
- Articolo 65 Las incapacidades, incompatibilidades y
- Articolo 66 Las relaciones entre el Ministerio
- Articolo 67 Al Fiscal Nacional le corresponde
- Articolo 68 La contratación de los funcionarios que
- Articolo 69 Para ingresar al Ministerio Público
- Articolo 70 Los funcionarios del Ministerio
- Articolo 71 No se aplicarán al Ministerio Público
- Articolo 72 La planta del Ministerio Público
- Articolo 73 El Fiscal Nacional tendrá una
- Articolo 74 Los Fiscales Regionales tendrán una
- Articolo 75 La remuneración del fiscal adjunto que
- Articolo 75 bis Los fiscales adjuntos que ocupen los
- Articolo 75 ter Los profesionales, los técnicos,
- Articolo 76 La remuneración de los funcionarios del
- Articolo 77 El Fiscal Nacional aplicará el sistema
- Articolo 78 Los fiscales y funcionarios del
- Articolo 79 Anualmente, los Fiscales Regionales
- Articolo 80 Las evaluaciones servirán de base para
- Articolo 81 El contrato de trabajo de los
- Articolo 82 Si el contrato de trabajo hubiere estado
- Articolo 83 El procedimiento de terminación del
- Sección 6. PARRAFO 6º
- Articolo 84 Serán aplicables a los funcionarios del
- Articolo 85 El Fiscal Nacional y los fiscales
- Articolo 86 Las personas que se desempeñen en el
- Articolo 87 El Fiscal Nacional, por propia
- Articolo 88 En los casos en que la capacitación
- Articolo 89 Los fiscales y funcionarios
- Articolo 90 El Ministerio Público se sujetará a
- TÍTULO IX. TÍTULO IX
- Articolo 91 El Ministerio Público, en el mes de
- Articolo 1 Para el nombramiento del primer Fiscal
- Articolo 2 Dentro de los cinco días siguientes a
- Articolo 3 El Fiscal Nacional solicitará a las
- Articolo 4 Las normas que autorizan al Ministerio
- Articolo 5 En tanto no se hubieren designado todos
- Articolo 6 Dentro de los seis meses siguientes a
- Articolo 7 El gasto que origine la aplicación de