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Parzialmente abrogata Ley 104 unità

ESTABLECE LA LEY ORGANICA CONSTITUCIONAL DEL MINISTERIO PUBLICO

Ley 19.640cl-law-1999-10-15-1964012 gen 2023

Ministerio PúblicoLey no. 19.640

  1. Articolo 1 El Ministerio Público es un organismo
  2. Articolo 2 El Ministerio Público realizará sus
  3. Articolo 3 En el ejercicio de su función, los
  4. Articolo 4 El Ministerio Público podrá impartir
  5. Articolo 5 El Estado será responsable por las
  6. Articolo 6 Los fiscales y funcionarios del
  7. Articolo 7 Las autoridades y jefaturas, dentro del
  8. Articolo 8 Los fiscales y los funcionarios del
  9. Articolo 9 Derogado
  10. Articolo 9 bis Asimismo, el Fiscal Nacional, los
  11. Articolo 9 ter Derogado
  12. Articolo 10 Todas las personas que cumplan con los
  13. Articolo 11 El personal del Ministerio Público
  14. Sección 1. PARRAFO 1º
  15. Articolo 12 El Ministerio Público se organizará en
  16. Sección 2. PARRAFO 2º
  17. Articolo 13 El Fiscal Nacional es el jefe superior
  18. Articolo 14 Para ser nombrado Fiscal Nacional, se
  19. Articolo 15 Para los efectos de la designación del
  20. Articolo 16 El Fiscal Nacional durará ocho años en
  21. Articolo 17 Corresponderá al Fiscal Nacional:
  22. Articolo 18 El Fiscal Nacional podrá asumir, de
  23. Articolo 19 El Fiscal Nacional podrá disponer, de
  24. Articolo 20 La Fiscalía Nacional contará con las
  25. Articolo 21 El Fiscal Nacional rendirá cuenta de
  26. Articolo 22 Cada una de las unidades especializadas
  27. Articolo 23 El Fiscal Nacional será subrogado por
  28. Sección 3. PARRAFO 3º
  29. Articolo 24 El Consejo General estará integrado por
  30. Articolo 25 Corresponderá al Consejo General:
  31. Articolo 26 El Consejo General sesionará
  32. Articolo 26 bis La Unidad Especializada de
  33. Sección 4. PARRAFO 4º
  34. Articolo 27 A los fiscales regionales corresponde el
  35. Articolo 28 Existirá un fiscal regional en cada una
  36. Articolo 29 Los fiscales regionales serán nombrados
  37. Articolo 30 Los Fiscales Regionales durarán ocho
  38. Articolo 31 Para ser nombrado Fiscal Regional, se
  39. Articolo 32 Corresponderá al Fiscal Regional:
  40. Articolo 33 Las reclamaciones que los intervinientes
  41. Articolo 34 Cada Fiscalía Regional contará con las
  42. Articolo 35 El Fiscal Regional debe dar cumplimiento
  43. Articolo 36 El Fiscal Regional rendirá cuenta de
  44. Articolo 37 El Fiscal Regional será subrogado por
  45. Articolo 37 bis Créase el Sistema de Análisis
  46. Sección 5. PARRAFO 5º
  47. Articolo 38 Las fiscalías locales serán las
  48. Articolo 39 La ubicación de las fiscalías locales
  49. Articolo 40 Cuando una fiscalía local cuente con
  50. Articolo 41 Los fiscales adjuntos serán designados
  51. Articolo 42 Para ser nombrado fiscal adjunto, se
  52. Articolo 43 Los fiscales adjuntos cesarán en sus
  53. Articolo 44 Dentro de cada fiscalía local los
  54. Articolo 45 Los fiscales del Ministerio Público
  55. Articolo 46 Presentada una denuncia en contra de un
  56. Articolo 47 Derogado
  57. Articolo 48 La responsabilidad disciplinaria de los
  58. Articolo 49 Las infracciones de los deberes y
  59. Articolo 50 Las medidas disciplinarias mencionadas
  60. Articolo 51 Cuando un fiscal adjunto aparezca
  61. Articolo 52 Si el inculpado de alguna infracción a
  62. Articolo 53 El Fiscal Nacional y los Fiscales
  63. Articolo 54 No podrá dirigir la investigación ni
  64. Articolo 55 Son causales de inhabilitación:
  65. Articolo 56 Los fiscales deberán informar por
  66. Articolo 57 Si la declaración de inhabilitación
  67. Articolo 58 La información de oficio sobre la
  68. Articolo 59 Las inhabilitaciones que afecten a un
  69. Articolo 60 No podrán ser fiscales quienes tengan
  70. Articolo 61 El Fiscal Nacional y los Fiscales
  71. Articolo 62 Las funciones de los fiscales del
  72. Articolo 63 Los fiscales que se desempeñen en el
  73. Articolo 64 Los fiscales deberán abstenerse de
  74. Articolo 65 Las incapacidades, incompatibilidades y
  75. Articolo 66 Las relaciones entre el Ministerio
  76. Articolo 67 Al Fiscal Nacional le corresponde
  77. Articolo 68 La contratación de los funcionarios que
  78. Articolo 69 Para ingresar al Ministerio Público
  79. Articolo 70 Los funcionarios del Ministerio
  80. Articolo 71 No se aplicarán al Ministerio Público
  81. Articolo 72 La planta del Ministerio Público
  82. Articolo 73 El Fiscal Nacional tendrá una
  83. Articolo 74 Los Fiscales Regionales tendrán una
  84. Articolo 75 La remuneración del fiscal adjunto que
  85. Articolo 75 bis Los fiscales adjuntos que ocupen los
  86. Articolo 75 ter Los profesionales, los técnicos,
  87. Articolo 76 La remuneración de los funcionarios del
  88. Articolo 77 El Fiscal Nacional aplicará el sistema
  89. Articolo 78 Los fiscales y funcionarios del
  90. Articolo 79 Anualmente, los Fiscales Regionales
  91. Articolo 80 Las evaluaciones servirán de base para
  92. Articolo 81 El contrato de trabajo de los
  93. Articolo 82 Si el contrato de trabajo hubiere estado
  94. Articolo 83 El procedimiento de terminación del
  95. Sección 6. PARRAFO 6º
  96. Articolo 84 Serán aplicables a los funcionarios del
  97. Articolo 85 El Fiscal Nacional y los fiscales
  98. Articolo 86 Las personas que se desempeñen en el
  99. Articolo 87 El Fiscal Nacional, por propia
  100. Articolo 88 En los casos en que la capacitación
  101. Articolo 89 Los fiscales y funcionarios
  102. Articolo 90 El Ministerio Público se sujetará a
  103. TÍTULO IX. TÍTULO IX
  104. Articolo 91 El Ministerio Público, en el mes de
  105. Articolo 1 Para el nombramiento del primer Fiscal
  106. Articolo 2 Dentro de los cinco días siguientes a
  107. Articolo 3 El Fiscal Nacional solicitará a las
  108. Articolo 4 Las normas que autorizan al Ministerio
  109. Articolo 5 En tanto no se hubieren designado todos
  110. Articolo 6 Dentro de los seis meses siguientes a
  111. Articolo 7 El gasto que origine la aplicación de
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