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Questa legge non è più in vigore (Abrogata).
TITULO I {ARTS. 1-4} Organización y subdivisión administrativa de la Dirección General de Impuestos Internos Artículo 1.o La Dirección General de Impuestos Internos se encargará de la aplicación, fiscalización y control del rendimiento de las siguientes leyes tributarias e inspectivas, y de las que en lo sucesivo le encomienda la ley: 1. Ley de Impuestos a la Renta. 2. Ley de Impuesto a los Bienes Raíces. 3. Ley de Impuestos a los Alcoholes, Vinos, Licores y Cervezas. 4. Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado. 5. Ley de Impuesto a las entradas a los Espectáculos Públicos e Hipódromos. 6. Ley de Impuesto a los Específicos y Artículos de Tocador. 7. Ley de Impuesto a los Tabacos, Cigarros y Cigarrillos. 8. Ley de Impuesto a las Barajas, Fonógrafos, Pianos y Pianos Eléctricos. 9. Ley de Impuesto a las Herencias y Donaciones. 10. Ley sobre Sociedades Anónimas y en comandita por acciones. 11. Ley de Seguros. 12. Ley sobre Operaciones Bursátiles. 13. Ley sobre Transferencias de Animales.