Articolo 31Deróganse los artículos 4
In vigore · versione del 29 mag 1931
Art. 31. Deróganse los artículos 4.o, 46 y 47, y los transitorios de la ley número 4,802.
In vigore · versione del 29 mag 1931
Art. 31. Deróganse los artículos 4.o, 46 y 47, y los transitorios de la ley número 4,802.