FIJA EL ESTATUTO ORGANICO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Articolo 49Los funcionarios que se trasladen en vehículo propio al lugar de su destinación, tendrán derecho a percibir el valor correspondiente a sus pasajes por la vía más económica
Questa legge non è più in vigore (Abrogata).
Artículo 49.- Los funcionarios que se trasladen en vehículo propio al lugar de su destinación, tendrán derecho a percibir el valor correspondiente a sus pasajes por la vía más económica.