REORGANIZA LA CAJA DE COLONIZACION AGRICOLA
Articolo 23o Los funcionarios de la Caja que, en cumplimiento de una orden de ella se vieren impedidos para visitar, levantar planos, etc
In vigore · versione del 24 feb 1960
Artículo 23.o Los funcionarios de la Caja que, en cumplimiento de una orden de ella se vieren impedidos para visitar, levantar planos, etc., de los fundos cuya expropiación se tenga en estudio, podrán requerir el auxilio de la fuerza pública, el que deberá serles prestado por el Jefe de Carabineros requerido, sin más trámite.