REORGANIZA LA CAJA DE COLONIZACION AGRICOLA
Articolo 29o Fijado por el tribunal, en sentencia ejecutoriada, el monto de la indemnización que debe pagarse al expropiado, la Caja procederá en la forma señalada en el artículo 24
In vigore · versione del 24 feb 1960
Artículo 29.o Fijado por el tribunal, en sentencia ejecutoriada, el monto de la indemnización que debe pagarse al expropiado, la Caja procederá en la forma señalada en el artículo 24.o.