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In vigore DFL 77 unità

FIJA TEXTO DE LA LEY ORGANICA DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y ADECUA DISPOSICIONES LEGALES QUE SEÑALA

DFL 7cl-legislative-decree-1980-10-15-724 ott 2024

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (CHILE)CHILE. SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

  1. Articolo primero Fíjase el siguiente texto de la Ley
  2. Articolo 1 Corresponde al Servicio de Impuestos
  3. Articolo 2 Este Servicio depende del Ministerio de
  4. Articolo 3 La Dirección Nacional estará
  5. Articolo 3 bis Sin perjuicio de la jurisdicción
  6. Articolo 3 ter Créase el Consejo Tributario, en
  7. Articolo 3 quáter Créase el Comité Ejecutivo
  8. Articolo 3 quinquies El Director del Servicio de
  9. Articolo 4 El Servicio tiene una Dirección
  10. Articolo 4 bis El Servicio de Impuestos Internos
  11. Articolo 5 Para los fines de la presente Ley
  12. Articolo 6 Un funcionario con el título de
  13. Articolo 7 El Director tiene la autoridad,
  14. Articolo 8 Funcionarios con el título de
  15. Articolo 9 Los Subdirectores son asesores del
  16. Articolo 10 DEROGADO
  17. Articolo 11 DEROGADO
  18. Articolo 12 DEROGADO
  19. Articolo 13 DEROGADO
  20. Articolo 14 DEROGADO
  21. Articolo 14 bis DEROGADO
  22. Articolo 15 DEROGADO
  23. Articolo 16 DEROGADO
  24. Articolo 16 bis DEROGADO
  25. Articolo 17 Le corresponde al Secretario General
  26. Articolo 17 bis A los Jefes de Departamento les
  27. Articolo 18 Los Directores Regionales son las
  28. Articolo 19 Le corresponde a los Directores
  29. Articolo 20 Los Directores Regionales podrán, de
  30. Articolo 21 Las relaciones jurídicas que vinculan
  31. Articolo 22 Todos los funcionarios del Servicio son
  32. Articolo 23 Los funcionarios pertenecerán a la
  33. Articolo 24 El Director podrá contratar
  34. Articolo 25 Para ingresar al Servicio en los cargos
  35. Articolo 26 Se considerarán causales de término o
  36. Articolo 27 Los funcionarios del Servicio deberán
  37. Articolo 28 Para ocupar los cargos de los
  38. Articolo 29 El Director, por resolución fundada,
  39. Articolo 30 Pertenecerá al Escalafón Directivo
  40. Articolo 31 Los cargos que queden vacantes después
  41. Articolo 32 La jornada ordinaria de trabajo será
  42. Articolo 33 Los funcionarios percibirán, como
  43. Articolo 34 El derecho a viático de los
  44. Articolo 35 Dentro de las remuneraciones asignadas
  45. Articolo 36 Los trabajos que deban realizarse fuera
  46. Articolo 37 El feriado de los funcionarios del
  47. Articolo 38 El derecho que concede el inciso
  48. Articolo 39 Los funcionarios que se ausenten al
  49. Articolo 40 Los funcionarios del Servicio están
  50. Articolo 41 Las personas que ingresen a los
  51. Articolo 41 bis El Servicio podrá corroborar el
  52. Articolo 41 ter La institución tendrá acceso, en
  53. Articolo 41 bis El Servicio podrá corroborar el
  54. Articolo 41 ter La institución tendrá acceso, en
  55. Articolo 42 Cada vez que las leyes se refieran al
  56. Articolo 43 Si en el ejercicio de las facultades
  57. Articolo 44 Será de responsabilidad exclusiva del
  58. Articolo 45 Los informes que importen un cambio de
  59. Articolo 46 En los juicios y actuaciones en que
  60. Articolo 47 No será aplicable a los funcionarios
  61. Articolo 48 No se aplicará a los funcionarios del
  62. Articolo 49 Para los efectos señalados en la letra
  63. Articolo 50 La impresión, distribución, y venta
  64. Articolo 50 bis El Servicio podrá enviar las cartas
  65. Articolo 51 Los funcionarios pertenecientes a la
  66. Articolo 51 bis Cuando un funcionario del Servicio,
  67. Articolo 51 bis Cuando un funcionario del Servicio,
  68. Articolo 52 La presente Ley Orgánica, con
  69. Articolo 53 Será inaplicable al Servicio toda otra
  70. Articolo 1 Con excepción del cargo de Director,
  71. Articolo 2 Los funcionarios de planta que cesen en
  72. Articolo 3 Los funcionarios que con motivo del
  73. Articolo 4 No se aplicará al proceso de
  74. Articolo 5 Para todos los efectos legales se
  75. Articolo 6 Mientras esté pendiente la adecuación
  76. Articolo 7 Todas aquellas materias, reclamaciones y
  77. Articolo segundo Introdúcense las siguientes
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