FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Articolo 311El ejercicio de los derechos de
In vigore · versione del 2 mar 2026
ARTICULO 311°- El ejercicio de los derechos de aprovechamiento reconocidos o constituidos bajo la vigencia de leyes anteriores, se regirá por las normas del presente código, excepto lo dispuesto en el inciso final del artículo 18°.