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FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS

DFL 1.122cl-legislative-decree-1981-10-29-11222 mar 2026

CHILE. CODIGO DE AGUASDERECHO DE APROVECHAMIENTO DE AGUASAGUAS / LEGISLACION / CHILE

  1. Articolo 1 Las aguas se dividen en marítimas y
  2. Articolo 2 Las aguas terrestres son superficiales o
  3. Articolo 3 Las aguas que afluyen, continua o
  4. Articolo 4 Atendida su naturaleza, las aguas son
  5. Articolo 5 Las aguas, en cualquiera de sus estados,
  6. Articolo 5 bis Las aguas cumplen diversas funciones,
  7. Articolo 5 ter Para asegurar el ejercicio de las
  8. Articolo 5 quáter La solicitud y el otorgamiento de
  9. Articolo 5 quinquies Los derechos de aprovechamiento
  10. Articolo 6 El derecho de aprovechamiento es un
  11. Articolo 6 bis Los derechos de aprovechamiento se
  12. Articolo 7 El derecho de aprovechamiento se
  13. Articolo 8 El que tiene un derecho de aprovechamiento
  14. Articolo 9 El que goza de un derecho de
  15. Articolo 10 El uso de las aguas pluviales que caen o
  16. Articolo 11 El dueño de un predio puede servirse, de
  17. Articolo 12 Los derechos de aprovechamiento son
  18. Articolo 13 Derecho de aprovechamiento consuntivo es
  19. Articolo 14 Derecho de aprovechamiento no consuntivo
  20. Articolo 15 El uso y goce que confiere el derecho de
  21. Articolo 16 Son derechos de ejercicio permanente los
  22. Articolo 17 Los derechos de aprovechamiento de
  23. Articolo 18 Los derechos de ejercicio eventual sólo
  24. Articolo 19 Son derechos de ejercicio continuo los
  25. Articolo 20 El derecho de aprovechamiento se
  26. Articolo 21 La transferencia, transmisión y la
  27. Articolo 22 La autoridad constituirá el derecho de
  28. Articolo 23 La constitución del derecho de
  29. Articolo 24 Si el acto de constitución del derecho
  30. Articolo 25 El derecho de aprovechamiento conlleva,
  31. Articolo 26 El derecho de aprovechamiento
  32. Articolo 27 El Ministerio de Obras Públicas podrá
  33. Articolo 28 Los derechos de aprovechamiento que se
  34. Articolo 29 El derecho de aprovechamiento de las
  35. Articolo 30 Álveo o cauce natural de una corriente
  36. Articolo 31 La regla del artículo anterior se
  37. Articolo 32 Sin permiso de la autoridad competente,
  38. Articolo 33 Son riberas o márgenes las zonas
  39. Articolo 34 En los casos de aluvión, avenida,
  40. Articolo 35 Álveo o lecho de los lagos, lagunas,
  41. Articolo 36 Canal o cauce artificial es el acueducto
  42. Articolo 37 El titular de un derecho de
  43. Articolo 38 Las organizaciones de usuarios o el
  44. Articolo 39 Las aguas de aprovechamiento particular
  45. Articolo 40 El concesionario no podrá extraer del
  46. Articolo 41 El proyecto y construcción de las
  47. Articolo 42 Cuando un ferrocarril, camino o
  48. Articolo 43 Constituyen derrames las aguas que quedan
  49. Articolo 44 Los derrames que escurren en forma
  50. Articolo 45 La producción de derrames estará sujeta
  51. Articolo 46 La existencia de un título respecto al
  52. Articolo 47 Constituyen un sistema de drenaje todos
  53. Articolo 48 Son beneficiarios del sistema de drenaje
  54. Articolo 49 La obligación de mantener los cauces u
  55. Articolo 50 Si el humedecimiento excesivo de los
  56. Articolo 51 Para los efectos de lo dispuesto en los
  57. Articolo 52 Las cuestiones que se susciten por la
  58. Articolo 53 Las aguas provenientes de derrames o
  59. Articolo 54 El uso por terceros de derrames o
  60. Articolo 55 Los derechos, gravámenes o servidumbres
  61. Articolo 55 bis Acuífero es una formación
  62. Articolo 55 ter Cuando se realicen actos u obras en
  63. Articolo 56 Cualquiera puede cavar en suelo propio
  64. Articolo 56 bis Las aguas halladas por los
  65. Articolo 57 El derecho de aprovechamiento de las
  66. Articolo 58 Cualquiera persona puede explorar con el
  67. Articolo 58 bis Comprobada la existencia de aguas
  68. Articolo 59 La explotación de aguas subterráneas
  69. Articolo 60 Comprobada la existencia de aguas
  70. Articolo 61 La resolución que otorgue el derecho de
  71. Articolo 62 Si la explotación de aguas subterráneas
  72. Articolo 63 La Dirección General de Aguas podrá
  73. Articolo 64 La autoridad deberá dictar una nueva
  74. Articolo 65 Serán áreas de restricción aquellos
  75. Articolo 66 Declarada un área de restricción en uno
  76. Articolo 66 bis Sin perjuicio de otros permisos
  77. Articolo 66 ter Si el proyecto de recarga artificial
  78. Articolo 66 quáter No se podrá operar obra alguna
  79. Articolo 67 Cuando la suma de los derechos de
  80. Articolo 67 bis La declaración o el alzamiento de las
  81. Articolo 68 La Dirección General de Aguas podrá
  82. Articolo 69 Son aplicables a las servidumbres
  83. Articolo 70 Las servidumbres legales no podrán
  84. Articolo 71 Si hubiere desacuerdo en cuanto al monto
  85. Articolo 72 Las servidumbres relativas a las aguas
  86. Articolo 73 El predio inferior está sujeto a recibir
  87. Articolo 74 En el predio sirviente no se puede hacer
  88. Articolo 75 El derecho que establece el inciso final
  89. Articolo 76 La servidumbre de acueducto es aquella
  90. Articolo 77 Toda heredad está sujeta a la
  91. Articolo 78 La conducción de las aguas se hará por
  92. Articolo 79 La servidumbre comprende el derecho de
  93. Articolo 80 Los edificios, instalaciones industriales
  94. Articolo 81 El trazado y construcción del acueducto
  95. Articolo 82 El dueño del predio sirviente tendrá
  96. Articolo 83 El dueño del acueducto podrá impedir
  97. Articolo 84 El que tiene a beneficio suyo un
  98. Articolo 85 El que tuviere un derecho de
  99. Articolo 86 El que tiene un acueducto en heredad
  100. Articolo 87 La servidumbre de acueducto se ejercerá,
  101. Articolo 88 Cuando una heredad se divide por
  102. Articolo 89 El que tiene constituida a su favor una
  103. Articolo 90 El dueño del predio sirviente está
  104. Articolo 91 El o los dueños del acueducto deben
  105. Articolo 92 Prohíbese botar a los canales
  106. Articolo 93 Abandonado un acueducto, vuelve el
  107. Articolo 94 Las reglas establecidas en los artículos
  108. Articolo 95 Las mismas reglas se aplicarán a las
  109. Articolo 96 El titular de los derechos de
  110. Articolo 97 El ejercicio de las servidumbres que
  111. Articolo 98 Se aplicarán a estas servidumbres las
  112. Articolo 99 Todo pueblo, caserío o predio que
  113. Articolo 100 No podrá imponerse esta servidumbre
  114. Articolo 101 La servidumbre de abrevadero grava
  115. Articolo 102 El dueño del predio sirviente podrá
  116. Articolo 103 Los dueños de las riberas serán
  117. Articolo 104 El Director General de Aguas
  118. Articolo 105 Cuando un río navegable o flotable deje
  119. Articolo 106 La servidumbre de camino de sirga es
  120. Articolo 107 Los interesados en desarrollar las
  121. Articolo 108 Las servidumbres voluntarias sobre aguas
  122. Articolo 109 Las servidumbres a que se refiere este
  123. Articolo 110 Los derechos de aprovechamiento
  124. Articolo 111 La hipoteca de los derechos de
  125. Articolo 112 Los Conservadores de Bienes Raíces
  126. Articolo 113 Se perfeccionarán por escritura
  127. Articolo 114 Deberán inscribirse en el Registro de
  128. Articolo 115 Derogado
  129. Articolo 115 bis Deberán inscribirse en los
  130. Articolo 116 Podrán inscribirse en los Registros de
  131. Articolo 117 La tradición de los derechos de
  132. Articolo 118 Las inscripciones se practicarán en el
  133. Articolo 119 Las inscripciones originarias y las
  134. Articolo 120 La Dirección General de Aguas, sin
  135. Articolo 121 A los derechos de aprovechamiento
  136. Articolo 122 La Dirección General de Aguas deberá
  137. Articolo 122 bis Las organizaciones de usuarios
  138. Articolo 123 Si se hicieren estacadas, paredes u
  139. Articolo 124 Lo dispuesto en el artículo precedente
  140. Articolo 125 El que hace obras para impedir la
  141. Articolo 126 Si corriendo el agua por una heredad se
  142. Articolo 127 Siempre que las aguas de que se sirve un
  143. Articolo 128 En lo demás regirán para las acciones
  144. Articolo 129 Los derechos de aprovechamiento se
  145. Articolo 129 bis Si de la ejecución de obras de
  146. Articolo Respecto de los derechos de
  147. Articolo Al solicitarse un derecho de
  148. Articolo La Dirección General de Aguas
  149. Articolo La Dirección General de Aguas
  150. Articolo Los derechos de aprovechamiento no
  151. Articolo Los derechos de aprovechamiento
  152. Articolo Los derechos de aprovechamiento de
  153. Articolo El pago de la patente se
  154. Articolo Corresponderá al Director General
  155. Articolo Para los efectos del artículo
  156. Articolo Serán aplicables a las
  157. Articolo Si el titular del derecho de
  158. Articolo Antes del 1 de junio de cada
  159. Articolo El deudor podrá oponerse a la
  160. Articolo El mínimo de la subasta será el
  161. Articolo Los demás procedimientos
  162. Articolo Una cantidad igual al 75% del
  163. Articolo El valor de las patentes no se
  164. Articolo Respecto a los derechos de
  165. Articolo 130 Toda cuestión o controversia
  166. Articolo 131 La Dirección General de Aguas tendrá
  167. Articolo 132 Los terceros titulares de derechos de
  168. Articolo 133 Cumplidos estos trámites, la
  169. Articolo 134 La Dirección General de Aguas, de
  170. Articolo 134 bis Respecto de los derechos de
  171. Articolo 135 Los gastos que irroguen las
  172. Articolo 136 Las resoluciones que se dicten por el
  173. Articolo 137 Las resoluciones de término que dicte
  174. Articolo 138 El cumplimiento de las resoluciones de
  175. Articolo 139 Las notificaciones que la Dirección
  176. Articolo 140 La solicitud para adquirir el derecho de
  177. Articolo 141 Las solicitudes se publicarán en la
  178. Articolo 142 Si dentro del plazo de seis meses
  179. Articolo 143 Las ofertas se efectuarán sobre la base
  180. Articolo 144 La subasta de los derechos de
  181. Articolo 145 El caudal disponible deberá dividirse,
  182. Articolo 146 La Dirección General de Aguas podrá de
  183. Articolo 147 Terminada la subasta, el funcionario
  184. Articolo 147 bis El derecho de aprovechamiento de
  185. Articolo 147 ter El afectado por un decreto del
  186. Articolo 147 quáter Excepcionalmente, el Presidente
  187. Articolo 148 El Presidente de la República podrá,
  188. Articolo 149 El acto administrativo en cuya virtud se
  189. Articolo 150 Previo a dictarse el acto administrativo
  190. Articolo 151 Toda solicitud de construcción,
  191. Articolo 152 La Dirección General de Aguas ordenará
  192. Articolo 153 La aprobación de los proyectos por la
  193. Articolo 154 El titular del derecho de
  194. Articolo 155 Durante el período de ejecución de las
  195. Articolo 156 Terminadas las obras, el interesado
  196. Articolo 157 Cumplidos todos los trámites y
  197. Articolo 158 La Dirección General de Aguas estará
  198. Articolo 159 El cambio de fuente de abastecimiento
  199. Articolo 160 La solicitud se publicará de
  200. Articolo 161 Los afectados podrán efectuar las
  201. Articolo 162 Con todos los antecedentes reunidos, y
  202. Articolo 163 Todo traslado del ejercicio de los
  203. Articolo 164 La Dirección General de Aguas deberá
  204. Articolo 165 Para constituir el rol provisional de
  205. Articolo 166 Una vez elaborado dicho listado, se
  206. Articolo 167 En la reunión a que se refiere el
  207. Articolo 168 El listado resultante de la reunión se
  208. Articolo 169 Conocidas las observaciones al listado,
  209. Articolo 170 Los gastos que irrogue a la Dirección
  210. Articolo 170 bis Toda solicitud destinada a
  211. Articolo 171 Las personas naturales o jurídicas que
  212. Articolo 172 Si se realizaren obras con infracción
  213. Articolo 172 bis La Dirección General de Aguas
  214. Articolo 172 ter En el caso de los procedimientos de
  215. Articolo 172 quáter Cuando consten en el acta de
  216. Articolo 172 quinquies Evacuados los descargos o
  217. Articolo 172 sexies Dentro del plazo de quince días
  218. Articolo 172 septies Se aplicará un procedimiento
  219. Articolo 172 octies En aquellos casos en que se
  220. Articolo 172 nonies En conformidad con lo dispuesto en
  221. Articolo 173 La Dirección General de Aguas aplicará
  222. Articolo 173 bis Para las sanciones dispuestas en los
  223. Articolo 173 ter Sin perjuicio de las sanciones
  224. Articolo 173 quáter Las infracciones establecidas en
  225. Articolo 174 Las multas que establece este código, y
  226. Articolo 175 Si la ley no indicare la autoridad
  227. Articolo 176 Las multas que no tuvieren un
  228. Articolo 177 Los juicios sobre constitución,
  229. Articolo 178 Será competente para conocer de estos
  230. Articolo 179 En estos juicios se podrá decretar de
  231. Articolo 180 No obstante lo dispuesto en los
  232. Articolo 181 El titular de un derecho de
  233. Articolo 182 La solicitud de amparo deberá contener
  234. Articolo 183 La solicitud de amparo deberá ser
  235. Articolo 184 Transcurridos los plazos señalados en
  236. Articolo 185 La resolución que resuelva el amparo
  237. Articolo 185 bis Sin perjuicio de lo dispuesto en los
  238. Articolo 186 Si dos o más personas tienen derechos
  239. Articolo 187 Las comunidades podrán organizarse por
  240. Articolo 188 Si cualquier interesado o la Dirección
  241. Articolo 189 En el comparendo a que se refiere el
  242. Articolo 190 Declarada por el Juez la existencia de
  243. Articolo 191 Las resoluciones que se expidan en las
  244. Articolo 192 Los acuerdos o resoluciones que declaren
  245. Articolo 193 El derecho de cada uno de los comuneros
  246. Articolo 194 Los interesados que no hayan comparecido
  247. Articolo 195 Los interesados que se sientan
  248. Articolo 196 Las comunidades se entenderán
  249. Articolo 197 Las cuestiones sobre preferencias que
  250. Articolo 198 La escritura de organización de una
  251. Articolo 199 Podrán ingresar convencionalmente a la
  252. Articolo 200 La competencia de la comunidad en lo
  253. Articolo 201 Serán bienes comunes los recursos
  254. Articolo 202 Las obras que formen parte de un sistema
  255. Articolo 203 Los créditos contra los comuneros y la
  256. Articolo 204 En el caso del artículo anterior el
  257. Articolo 205 La comunidad deberá llevar un Registro
  258. Articolo 206 Los comuneros extraerán el agua por
  259. Articolo 207 Si dos o más comuneros extrajeren aguas
  260. Articolo 208 La construcción o reparación de los
  261. Articolo 209 El comunero que se considere perjudicado
  262. Articolo 210 Las aguas de cualquier comunero podrán
  263. Articolo 211 Los estatutos podrán establecer normas
  264. Articolo 212 Son obligaciones de los comuneros:
  265. Articolo 213 Los acuerdos de las juntas sobre gastos
  266. Articolo 214 Los derechos de aprovechamiento de aguas
  267. Articolo 215 Todos los gastos de construcción,
  268. Articolo 216 Los comuneros morosos en el pago de sus
  269. Articolo 217 Si algún comunero, por sí o por
  270. Articolo 218 Los negocios que interesen o afecten a
  271. Articolo 219 En las juntas generales habrá sala con
  272. Articolo 220 Las convocatorias a junta se harán
  273. Articolo 221 Las convocatorias a juntas se harán con
  274. Articolo 222 Cada comunero tendrá derecho a un voto
  275. Articolo 223 Sólo tendrán derecho a voto los
  276. Articolo 224 Los acuerdos de la junta se tomarán por
  277. Articolo 225 Las sesiones de la junta serán
  278. Articolo 226 Corresponde a las juntas generales
  279. Articolo 227 Las juntas generales extraordinarias
  280. Articolo 228 La comunidad será administrada por un
  281. Articolo 229 El directorio se elegirá en cada junta
  282. Articolo 230 Si por cualquier causa no se eligiere
  283. Articolo 231 Para ser director se requiere ser
  284. Articolo 232 La asistencia de los directores a las
  285. Articolo 233 En caso de muerte, renuncia, pérdida de
  286. Articolo 234 El comunero que esté siendo procesado
  287. Articolo 235 Si el número de comuneros es superior a
  288. Articolo 236 Una copia de la parte pertinente del
  289. Articolo 237 La asistencia de los directores a las
  290. Articolo 238 Las resoluciones del directorio se
  291. Articolo 239 El directorio, en su primera sesión,
  292. Articolo 240 El presidente del directorio o quien
  293. Articolo 241 El directorio tendrá los siguientes
  294. Articolo 242 El directorio podrá solicitar de la
  295. Articolo 243 Cualquiera de los interesados podrá
  296. Articolo 244 El directorio resolverá como árbitro
  297. Articolo 245 Presentada la reclamación, el
  298. Articolo 246 Las resoluciones que se dicten en estos
  299. Articolo 247 El que se sienta perjudicado por algún
  300. Articolo 248 Habrá un secretario de la comunidad
  301. Articolo 249 La reforma de los estatutos sólo podrá
  302. Articolo 250 La comunidad termina por la reunión de
  303. Articolo 251 Las comunidades de agua podrán
  304. Articolo 252 Por el hecho de que dos o más personas
  305. Articolo 253 Estas comunidades se organizarán en la
  306. Articolo 254 El domicilio de la comunidad será el
  307. Articolo 255 Son aplicables a estas comunidades las
  308. Articolo 256 Los comuneros tendrán derecho a un voto
  309. Articolo 257 Las asociaciones de canalistas
  310. Articolo 258 Son aplicables igualmente a las
  311. Articolo 259 Quienes no hayan sido incluidos en la
  312. Articolo 260 Formarán el patrimonio de estas
  313. Articolo 261 También podrán organizarse en la forma
  314. Articolo 262 La organización termina por la reunión
  315. Articolo 263 Las personas naturales o jurídicas y
  316. Articolo 264 Sin embargo, en cada sección de una
  317. Articolo 265 Cuando se planifiquen o construyan obras
  318. Articolo 266 Las juntas de vigilancia tienen por
  319. Articolo 267 En lo no modificado por el presente
  320. Articolo 268 El total de los derechos de
  321. Articolo 269 Para constituir la junta de vigilancia
  322. Articolo 270 Si en el comparendo de estilo no se
  323. Articolo 271 Determinados los canales y las obras
  324. Articolo 272 Si por otorgamiento de derechos,
  325. Articolo 273 El domicilio de la junta de vigilancia
  326. Articolo 274 Son atribuciones y deberes del
  327. Articolo 275 Los miembros de la junta de vigilancia
  328. Articolo 276 En las sesiones de la asamblea de la
  329. Articolo 277 El directorio nombrará un repartidor de
  330. Articolo 278 Los repartidores de agua o jueces de
  331. Articolo 279 Los celadores tendrán las atribuciones
  332. Articolo 280 Si el repartidor de agua o los celadores
  333. Articolo 281 El que sacare agua fuera de su turno o
  334. Articolo 282 El Director General de Aguas podrá
  335. Articolo 283 Si en una organización de usuarios se
  336. Articolo 284 El interesado presentará a dicha
  337. Articolo 285 La Dirección dará traslado de la
  338. Articolo 286 Si la Dirección considera admisible la
  339. Articolo 287 La Dirección fijará, en cada caso, la
  340. Articolo 288 Según sea la naturaleza de la
  341. Articolo 289 Terminada la investigación, el delegado
  342. Articolo 290 Si se verifican las faltas o abusos
  343. Articolo 291 A petición de parte interesada, la
  344. Articolo 292 Comprobada la denuncia, el reclamante
  345. Articolo 293 Si continuaren los errores, faltas o
  346. Articolo 293 bis Cada cuenca del país deberá
  347. Articolo 293 ter Créase un Fondo para la
  348. Articolo 294 Requerirán la aprobación del Director
  349. Articolo 295 La Dirección General de Aguas otorgará
  350. Articolo 296 La Dirección General de Aguas
  351. Articolo 297 Los que construyan las obras de que
  352. Articolo 298 La Dirección General de Aguas es un
  353. Articolo 299 La Dirección General de Aguas tendrá
  354. Articolo 299 bis Los funcionarios de la Dirección
  355. Articolo 299 ter La Dirección General de Aguas,
  356. Articolo 299 quáter La Dirección General de Aguas
  357. Articolo 300 El Director General de Aguas tendrá los
  358. Articolo 301 El Director General de Aguas, en
  359. Articolo 302 El Director General de Aguas será el
  360. Articolo 303 Si con motivo de la construcción y
  361. Articolo 304 La Dirección General de Aguas tendrá
  362. Articolo 305 La Dirección General de Aguas podrá
  363. Articolo 306 El incumplimiento de las medidas que se
  364. Articolo 307 La Dirección General de Aguas
  365. Articolo 307 bis La Dirección General de Aguas
  366. Articolo 307 ter Es deber de la Dirección General
  367. Articolo 308 Deróganse todas las disposiciones
  368. Articolo 309 Los derechos de aprovechamiento
  369. Articolo 310 Subsistirán los derechos de
  370. Articolo 311 El ejercicio de los derechos de
  371. Articolo 312 Para los efectos indicados en el
  372. Articolo 313 Para los efectos del artículo 13° se
  373. Articolo 314 El Presidente de la República, a
  374. Articolo 315 En las corrientes naturales o en los
  375. Articolo 316 Las prohibiciones y sanciones impuestas
  376. Articolo 317 En los actos y contratos que importen la
  377. Disposizione transitoria
  378. Articolo Los derechos de
  379. Articolo 2 Los usos actuales de las aguas que estén
  380. Articolo 3 Las hipotecas constituidas sobre inmuebles
  381. Articolo 4 La persona a cuyo nombre estuviesen
  382. Articolo 5 Sin perjuicio de lo señalado en el
  383. Articolo 6 Los derechos de aprovechamiento otorgados
  384. Articolo 7 En el Registro de Aguas del Conservador de
  385. Articolo 8 Hasta que no se dicten las disposiciones
  386. Articolo 9 La Dirección General de Aguas, a
  387. Articolo 10 El actual Registro de Aguas que llevan
  388. Articolo 11 Los solicitantes de perfeccionamiento
  389. Articolo 12 Aquellos titulares de derechos de
Citenza

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