🇨🇱 Chile
DFL 389 unidades
FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
DFL 1.122cl-legislative-decree-1981-10-29-11222 mar 2026
- Artículo 1 Las aguas se dividen en marítimas y
- Artículo 2 Las aguas terrestres son superficiales o
- Artículo 3 Las aguas que afluyen, continua o
- Artículo 4 Atendida su naturaleza, las aguas son
- Artículo 5 Las aguas, en cualquiera de sus estados,
- Artículo 5 bis Las aguas cumplen diversas funciones,
- Artículo 5 ter Para asegurar el ejercicio de las
- Artículo 5 quáter La solicitud y el otorgamiento de
- Artículo 5 quinquies Los derechos de aprovechamiento
- Artículo 6 El derecho de aprovechamiento es un
- Artículo 6 bis Los derechos de aprovechamiento se
- Artículo 7 El derecho de aprovechamiento se
- Artículo 8 El que tiene un derecho de aprovechamiento
- Artículo 9 El que goza de un derecho de
- Artículo 10 El uso de las aguas pluviales que caen o
- Artículo 11 El dueño de un predio puede servirse, de
- Artículo 12 Los derechos de aprovechamiento son
- Artículo 13 Derecho de aprovechamiento consuntivo es
- Artículo 14 Derecho de aprovechamiento no consuntivo
- Artículo 15 El uso y goce que confiere el derecho de
- Artículo 16 Son derechos de ejercicio permanente los
- Artículo 17 Los derechos de aprovechamiento de
- Artículo 18 Los derechos de ejercicio eventual sólo
- Artículo 19 Son derechos de ejercicio continuo los
- Artículo 20 El derecho de aprovechamiento se
- Artículo 21 La transferencia, transmisión y la
- Artículo 22 La autoridad constituirá el derecho de
- Artículo 23 La constitución del derecho de
- Artículo 24 Si el acto de constitución del derecho
- Artículo 25 El derecho de aprovechamiento conlleva,
- Artículo 26 El derecho de aprovechamiento
- Artículo 27 El Ministerio de Obras Públicas podrá
- Artículo 28 Los derechos de aprovechamiento que se
- Artículo 29 El derecho de aprovechamiento de las
- Artículo 30 Álveo o cauce natural de una corriente
- Artículo 31 La regla del artículo anterior se
- Artículo 32 Sin permiso de la autoridad competente,
- Artículo 33 Son riberas o márgenes las zonas
- Artículo 34 En los casos de aluvión, avenida,
- Artículo 35 Álveo o lecho de los lagos, lagunas,
- Artículo 36 Canal o cauce artificial es el acueducto
- Artículo 37 El titular de un derecho de
- Artículo 38 Las organizaciones de usuarios o el
- Artículo 39 Las aguas de aprovechamiento particular
- Artículo 40 El concesionario no podrá extraer del
- Artículo 41 El proyecto y construcción de las
- Artículo 42 Cuando un ferrocarril, camino o
- Artículo 43 Constituyen derrames las aguas que quedan
- Artículo 44 Los derrames que escurren en forma
- Artículo 45 La producción de derrames estará sujeta
- Artículo 46 La existencia de un título respecto al
- Artículo 47 Constituyen un sistema de drenaje todos
- Artículo 48 Son beneficiarios del sistema de drenaje
- Artículo 49 La obligación de mantener los cauces u
- Artículo 50 Si el humedecimiento excesivo de los
- Artículo 51 Para los efectos de lo dispuesto en los
- Artículo 52 Las cuestiones que se susciten por la
- Artículo 53 Las aguas provenientes de derrames o
- Artículo 54 El uso por terceros de derrames o
- Artículo 55 Los derechos, gravámenes o servidumbres
- Artículo 55 bis Acuífero es una formación
- Artículo 55 ter Cuando se realicen actos u obras en
- Artículo 56 Cualquiera puede cavar en suelo propio
- Artículo 56 bis Las aguas halladas por los
- Artículo 57 El derecho de aprovechamiento de las
- Artículo 58 Cualquiera persona puede explorar con el
- Artículo 58 bis Comprobada la existencia de aguas
- Artículo 59 La explotación de aguas subterráneas
- Artículo 60 Comprobada la existencia de aguas
- Artículo 61 La resolución que otorgue el derecho de
- Artículo 62 Si la explotación de aguas subterráneas
- Artículo 63 La Dirección General de Aguas podrá
- Artículo 64 La autoridad deberá dictar una nueva
- Artículo 65 Serán áreas de restricción aquellos
- Artículo 66 Declarada un área de restricción en uno
- Artículo 66 bis Sin perjuicio de otros permisos
- Artículo 66 ter Si el proyecto de recarga artificial
- Artículo 66 quáter No se podrá operar obra alguna
- Artículo 67 Cuando la suma de los derechos de
- Artículo 67 bis La declaración o el alzamiento de las
- Artículo 68 La Dirección General de Aguas podrá
- Artículo 69 Son aplicables a las servidumbres
- Artículo 70 Las servidumbres legales no podrán
- Artículo 71 Si hubiere desacuerdo en cuanto al monto
- Artículo 72 Las servidumbres relativas a las aguas
- Artículo 73 El predio inferior está sujeto a recibir
- Artículo 74 En el predio sirviente no se puede hacer
- Artículo 75 El derecho que establece el inciso final
- Artículo 76 La servidumbre de acueducto es aquella
- Artículo 77 Toda heredad está sujeta a la
- Artículo 78 La conducción de las aguas se hará por
- Artículo 79 La servidumbre comprende el derecho de
- Artículo 80 Los edificios, instalaciones industriales
- Artículo 81 El trazado y construcción del acueducto
- Artículo 82 El dueño del predio sirviente tendrá
- Artículo 83 El dueño del acueducto podrá impedir
- Artículo 84 El que tiene a beneficio suyo un
- Artículo 85 El que tuviere un derecho de
- Artículo 86 El que tiene un acueducto en heredad
- Artículo 87 La servidumbre de acueducto se ejercerá,
- Artículo 88 Cuando una heredad se divide por
- Artículo 89 El que tiene constituida a su favor una
- Artículo 90 El dueño del predio sirviente está
- Artículo 91 El o los dueños del acueducto deben
- Artículo 92 Prohíbese botar a los canales
- Artículo 93 Abandonado un acueducto, vuelve el
- Artículo 94 Las reglas establecidas en los artículos
- Artículo 95 Las mismas reglas se aplicarán a las
- Artículo 96 El titular de los derechos de
- Artículo 97 El ejercicio de las servidumbres que
- Artículo 98 Se aplicarán a estas servidumbres las
- Artículo 99 Todo pueblo, caserío o predio que
- Artículo 100 No podrá imponerse esta servidumbre
- Artículo 101 La servidumbre de abrevadero grava
- Artículo 102 El dueño del predio sirviente podrá
- Artículo 103 Los dueños de las riberas serán
- Artículo 104 El Director General de Aguas
- Artículo 105 Cuando un río navegable o flotable deje
- Artículo 106 La servidumbre de camino de sirga es
- Artículo 107 Los interesados en desarrollar las
- Artículo 108 Las servidumbres voluntarias sobre aguas
- Artículo 109 Las servidumbres a que se refiere este
- Artículo 110 Los derechos de aprovechamiento
- Artículo 111 La hipoteca de los derechos de
- Artículo 112 Los Conservadores de Bienes Raíces
- Artículo 113 Se perfeccionarán por escritura
- Artículo 114 Deberán inscribirse en el Registro de
- Artículo 115 Derogado
- Artículo 115 bis Deberán inscribirse en los
- Artículo 116 Podrán inscribirse en los Registros de
- Artículo 117 La tradición de los derechos de
- Artículo 118 Las inscripciones se practicarán en el
- Artículo 119 Las inscripciones originarias y las
- Artículo 120 La Dirección General de Aguas, sin
- Artículo 121 A los derechos de aprovechamiento
- Artículo 122 La Dirección General de Aguas deberá
- Artículo 122 bis Las organizaciones de usuarios
- Artículo 123 Si se hicieren estacadas, paredes u
- Artículo 124 Lo dispuesto en el artículo precedente
- Artículo 125 El que hace obras para impedir la
- Artículo 126 Si corriendo el agua por una heredad se
- Artículo 127 Siempre que las aguas de que se sirve un
- Artículo 128 En lo demás regirán para las acciones
- Artículo 129 Los derechos de aprovechamiento se
- Artículo 129 bis Si de la ejecución de obras de
- Artículo Respecto de los derechos de
- Artículo Al solicitarse un derecho de
- Artículo La Dirección General de Aguas
- Artículo La Dirección General de Aguas
- Artículo Los derechos de aprovechamiento no
- Artículo Los derechos de aprovechamiento
- Artículo Los derechos de aprovechamiento de
- Artículo El pago de la patente se
- Artículo Corresponderá al Director General
- Artículo Para los efectos del artículo
- Artículo Serán aplicables a las
- Artículo Si el titular del derecho de
- Artículo Antes del 1 de junio de cada
- Artículo El deudor podrá oponerse a la
- Artículo El mínimo de la subasta será el
- Artículo Los demás procedimientos
- Artículo Una cantidad igual al 75% del
- Artículo El valor de las patentes no se
- Artículo Respecto a los derechos de
- Artículo 130 Toda cuestión o controversia
- Artículo 131 La Dirección General de Aguas tendrá
- Artículo 132 Los terceros titulares de derechos de
- Artículo 133 Cumplidos estos trámites, la
- Artículo 134 La Dirección General de Aguas, de
- Artículo 134 bis Respecto de los derechos de
- Artículo 135 Los gastos que irroguen las
- Artículo 136 Las resoluciones que se dicten por el
- Artículo 137 Las resoluciones de término que dicte
- Artículo 138 El cumplimiento de las resoluciones de
- Artículo 139 Las notificaciones que la Dirección
- Artículo 140 La solicitud para adquirir el derecho de
- Artículo 141 Las solicitudes se publicarán en la
- Artículo 142 Si dentro del plazo de seis meses
- Artículo 143 Las ofertas se efectuarán sobre la base
- Artículo 144 La subasta de los derechos de
- Artículo 145 El caudal disponible deberá dividirse,
- Artículo 146 La Dirección General de Aguas podrá de
- Artículo 147 Terminada la subasta, el funcionario
- Artículo 147 bis El derecho de aprovechamiento de
- Artículo 147 ter El afectado por un decreto del
- Artículo 147 quáter Excepcionalmente, el Presidente
- Artículo 148 El Presidente de la República podrá,
- Artículo 149 El acto administrativo en cuya virtud se
- Artículo 150 Previo a dictarse el acto administrativo
- Artículo 151 Toda solicitud de construcción,
- Artículo 152 La Dirección General de Aguas ordenará
- Artículo 153 La aprobación de los proyectos por la
- Artículo 154 El titular del derecho de
- Artículo 155 Durante el período de ejecución de las
- Artículo 156 Terminadas las obras, el interesado
- Artículo 157 Cumplidos todos los trámites y
- Artículo 158 La Dirección General de Aguas estará
- Artículo 159 El cambio de fuente de abastecimiento
- Artículo 160 La solicitud se publicará de
- Artículo 161 Los afectados podrán efectuar las
- Artículo 162 Con todos los antecedentes reunidos, y
- Artículo 163 Todo traslado del ejercicio de los
- Artículo 164 La Dirección General de Aguas deberá
- Artículo 165 Para constituir el rol provisional de
- Artículo 166 Una vez elaborado dicho listado, se
- Artículo 167 En la reunión a que se refiere el
- Artículo 168 El listado resultante de la reunión se
- Artículo 169 Conocidas las observaciones al listado,
- Artículo 170 Los gastos que irrogue a la Dirección
- Artículo 170 bis Toda solicitud destinada a
- Artículo 171 Las personas naturales o jurídicas que
- Artículo 172 Si se realizaren obras con infracción
- Artículo 172 bis La Dirección General de Aguas
- Artículo 172 ter En el caso de los procedimientos de
- Artículo 172 quáter Cuando consten en el acta de
- Artículo 172 quinquies Evacuados los descargos o
- Artículo 172 sexies Dentro del plazo de quince días
- Artículo 172 septies Se aplicará un procedimiento
- Artículo 172 octies En aquellos casos en que se
- Artículo 172 nonies En conformidad con lo dispuesto en
- Artículo 173 La Dirección General de Aguas aplicará
- Artículo 173 bis Para las sanciones dispuestas en los
- Artículo 173 ter Sin perjuicio de las sanciones
- Artículo 173 quáter Las infracciones establecidas en
- Artículo 174 Las multas que establece este código, y
- Artículo 175 Si la ley no indicare la autoridad
- Artículo 176 Las multas que no tuvieren un
- Artículo 177 Los juicios sobre constitución,
- Artículo 178 Será competente para conocer de estos
- Artículo 179 En estos juicios se podrá decretar de
- Artículo 180 No obstante lo dispuesto en los
- Artículo 181 El titular de un derecho de
- Artículo 182 La solicitud de amparo deberá contener
- Artículo 183 La solicitud de amparo deberá ser
- Artículo 184 Transcurridos los plazos señalados en
- Artículo 185 La resolución que resuelva el amparo
- Artículo 185 bis Sin perjuicio de lo dispuesto en los
- Artículo 186 Si dos o más personas tienen derechos
- Artículo 187 Las comunidades podrán organizarse por
- Artículo 188 Si cualquier interesado o la Dirección
- Artículo 189 En el comparendo a que se refiere el
- Artículo 190 Declarada por el Juez la existencia de
- Artículo 191 Las resoluciones que se expidan en las
- Artículo 192 Los acuerdos o resoluciones que declaren
- Artículo 193 El derecho de cada uno de los comuneros
- Artículo 194 Los interesados que no hayan comparecido
- Artículo 195 Los interesados que se sientan
- Artículo 196 Las comunidades se entenderán
- Artículo 197 Las cuestiones sobre preferencias que
- Artículo 198 La escritura de organización de una
- Artículo 199 Podrán ingresar convencionalmente a la
- Artículo 200 La competencia de la comunidad en lo
- Artículo 201 Serán bienes comunes los recursos
- Artículo 202 Las obras que formen parte de un sistema
- Artículo 203 Los créditos contra los comuneros y la
- Artículo 204 En el caso del artículo anterior el
- Artículo 205 La comunidad deberá llevar un Registro
- Artículo 206 Los comuneros extraerán el agua por
- Artículo 207 Si dos o más comuneros extrajeren aguas
- Artículo 208 La construcción o reparación de los
- Artículo 209 El comunero que se considere perjudicado
- Artículo 210 Las aguas de cualquier comunero podrán
- Artículo 211 Los estatutos podrán establecer normas
- Artículo 212 Son obligaciones de los comuneros:
- Artículo 213 Los acuerdos de las juntas sobre gastos
- Artículo 214 Los derechos de aprovechamiento de aguas
- Artículo 215 Todos los gastos de construcción,
- Artículo 216 Los comuneros morosos en el pago de sus
- Artículo 217 Si algún comunero, por sí o por
- Artículo 218 Los negocios que interesen o afecten a
- Artículo 219 En las juntas generales habrá sala con
- Artículo 220 Las convocatorias a junta se harán
- Artículo 221 Las convocatorias a juntas se harán con
- Artículo 222 Cada comunero tendrá derecho a un voto
- Artículo 223 Sólo tendrán derecho a voto los
- Artículo 224 Los acuerdos de la junta se tomarán por
- Artículo 225 Las sesiones de la junta serán
- Artículo 226 Corresponde a las juntas generales
- Artículo 227 Las juntas generales extraordinarias
- Artículo 228 La comunidad será administrada por un
- Artículo 229 El directorio se elegirá en cada junta
- Artículo 230 Si por cualquier causa no se eligiere
- Artículo 231 Para ser director se requiere ser
- Artículo 232 La asistencia de los directores a las
- Artículo 233 En caso de muerte, renuncia, pérdida de
- Artículo 234 El comunero que esté siendo procesado
- Artículo 235 Si el número de comuneros es superior a
- Artículo 236 Una copia de la parte pertinente del
- Artículo 237 La asistencia de los directores a las
- Artículo 238 Las resoluciones del directorio se
- Artículo 239 El directorio, en su primera sesión,
- Artículo 240 El presidente del directorio o quien
- Artículo 241 El directorio tendrá los siguientes
- Artículo 242 El directorio podrá solicitar de la
- Artículo 243 Cualquiera de los interesados podrá
- Artículo 244 El directorio resolverá como árbitro
- Artículo 245 Presentada la reclamación, el
- Artículo 246 Las resoluciones que se dicten en estos
- Artículo 247 El que se sienta perjudicado por algún
- Artículo 248 Habrá un secretario de la comunidad
- Artículo 249 La reforma de los estatutos sólo podrá
- Artículo 250 La comunidad termina por la reunión de
- Artículo 251 Las comunidades de agua podrán
- Artículo 252 Por el hecho de que dos o más personas
- Artículo 253 Estas comunidades se organizarán en la
- Artículo 254 El domicilio de la comunidad será el
- Artículo 255 Son aplicables a estas comunidades las
- Artículo 256 Los comuneros tendrán derecho a un voto
- Artículo 257 Las asociaciones de canalistas
- Artículo 258 Son aplicables igualmente a las
- Artículo 259 Quienes no hayan sido incluidos en la
- Artículo 260 Formarán el patrimonio de estas
- Artículo 261 También podrán organizarse en la forma
- Artículo 262 La organización termina por la reunión
- Artículo 263 Las personas naturales o jurídicas y
- Artículo 264 Sin embargo, en cada sección de una
- Artículo 265 Cuando se planifiquen o construyan obras
- Artículo 266 Las juntas de vigilancia tienen por
- Artículo 267 En lo no modificado por el presente
- Artículo 268 El total de los derechos de
- Artículo 269 Para constituir la junta de vigilancia
- Artículo 270 Si en el comparendo de estilo no se
- Artículo 271 Determinados los canales y las obras
- Artículo 272 Si por otorgamiento de derechos,
- Artículo 273 El domicilio de la junta de vigilancia
- Artículo 274 Son atribuciones y deberes del
- Artículo 275 Los miembros de la junta de vigilancia
- Artículo 276 En las sesiones de la asamblea de la
- Artículo 277 El directorio nombrará un repartidor de
- Artículo 278 Los repartidores de agua o jueces de
- Artículo 279 Los celadores tendrán las atribuciones
- Artículo 280 Si el repartidor de agua o los celadores
- Artículo 281 El que sacare agua fuera de su turno o
- Artículo 282 El Director General de Aguas podrá
- Artículo 283 Si en una organización de usuarios se
- Artículo 284 El interesado presentará a dicha
- Artículo 285 La Dirección dará traslado de la
- Artículo 286 Si la Dirección considera admisible la
- Artículo 287 La Dirección fijará, en cada caso, la
- Artículo 288 Según sea la naturaleza de la
- Artículo 289 Terminada la investigación, el delegado
- Artículo 290 Si se verifican las faltas o abusos
- Artículo 291 A petición de parte interesada, la
- Artículo 292 Comprobada la denuncia, el reclamante
- Artículo 293 Si continuaren los errores, faltas o
- Artículo 293 bis Cada cuenca del país deberá
- Artículo 293 ter Créase un Fondo para la
- Artículo 294 Requerirán la aprobación del Director
- Artículo 295 La Dirección General de Aguas otorgará
- Artículo 296 La Dirección General de Aguas
- Artículo 297 Los que construyan las obras de que
- Artículo 298 La Dirección General de Aguas es un
- Artículo 299 La Dirección General de Aguas tendrá
- Artículo 299 bis Los funcionarios de la Dirección
- Artículo 299 ter La Dirección General de Aguas,
- Artículo 299 quáter La Dirección General de Aguas
- Artículo 300 El Director General de Aguas tendrá los
- Artículo 301 El Director General de Aguas, en
- Artículo 302 El Director General de Aguas será el
- Artículo 303 Si con motivo de la construcción y
- Artículo 304 La Dirección General de Aguas tendrá
- Artículo 305 La Dirección General de Aguas podrá
- Artículo 306 El incumplimiento de las medidas que se
- Artículo 307 La Dirección General de Aguas
- Artículo 307 bis La Dirección General de Aguas
- Artículo 307 ter Es deber de la Dirección General
- Artículo 308 Deróganse todas las disposiciones
- Artículo 309 Los derechos de aprovechamiento
- Artículo 310 Subsistirán los derechos de
- Artículo 311 El ejercicio de los derechos de
- Artículo 312 Para los efectos indicados en el
- Artículo 313 Para los efectos del artículo 13° se
- Artículo 314 El Presidente de la República, a
- Artículo 315 En las corrientes naturales o en los
- Artículo 316 Las prohibiciones y sanciones impuestas
- Artículo 317 En los actos y contratos que importen la
- Disposición transitoria
- Artículo Los derechos de
- Artículo 2 Los usos actuales de las aguas que estén
- Artículo 3 Las hipotecas constituidas sobre inmuebles
- Artículo 4 La persona a cuyo nombre estuviesen
- Artículo 5 Sin perjuicio de lo señalado en el
- Artículo 6 Los derechos de aprovechamiento otorgados
- Artículo 7 En el Registro de Aguas del Conservador de
- Artículo 8 Hasta que no se dicten las disposiciones
- Artículo 9 La Dirección General de Aguas, a
- Artículo 10 El actual Registro de Aguas que llevan
- Artículo 11 Los solicitantes de perfeccionamiento
- Artículo 12 Aquellos titulares de derechos de