FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL CODIGO DEL TRABAJO
Articolo 95 bisPara dar cumplimiento a la obligación L
In vigore · versione del 23 lug 2026
Art. 95 bis. Para dar cumplimiento a la obligación L. 19.759 contenida en el artículo 203, los empleadores cuyos predios Art. único Nº 16 o recintos de empaque se encuentren dentro de una misma comuna, podrán habilitar y mantener durante la respectiva temporada, uno o más servicios comunes de sala cuna.