FIJA TEXTO REFUNDIDO, CONCORDADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS
Articolo
In vigore · versione del 1 apr 2027
Artículo 18: La persona que adquiera la calidad de D.S. 502 socio, responderá con sus aportes de las obligaciones ART. 23 contraídas por la cooperativa antes de su ingreso. Toda estipulación en contrario es nula.