FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY Nº211, DE 1973
Articolo 52En el curso de las investigaciones
In vigore · versione del 17 ago 2023
Artículo 52°.- En el curso de las investigaciones iniciadas en conformidad con el artículo anterior, el Fiscal Nacional Económico podrá ejercer las facultades que le confieren las letras f), g), h), j), k), l) y m) del artículo 39.