FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE MINERIA, DE 1982, LEY GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS, EN MATERIA DE ENERGIA ELECTRICA
Articolo 205Si transcurridos seis meses desde la
In vigore · versione del 13 feb 2026
Artículo 205º.- Si transcurridos seis meses desde la fecha de expiración del acuerdo anterior, no se hubiere firmado un nuevo acuerdo entre las empresas concesionarias de servicio público y el Alcalde, cualesquiera de las partes podrá solicitar a la Comisión la elaboración de un informe con recomendaciones sobre tarifas y otras condiciones de suministro a considerar. Estas recomendaciones no obligarán a las partes.