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FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE MINERIA, DE 1982, LEY GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS, EN MATERIA DE ENERGIA ELECTRICA

DFL 4cl-legislative-decree-2007-02-05-413 feb 2026

Ministerio de Economía Fomento y ReconstrucciónSubsecretaría de Economía Fomento y ReconstrucciónServicios EléctricosSuministro de Energía EléctricaConcesiones y Tarifas de Energía EléctricaD.F.L. no. 1, 1982

  1. Articolo 1 La producción, el transporte, la
  2. Articolo 2 Están comprendidas en las
  3. Articolo 3 No están sometidas a las concesiones
  4. Articolo 4 Las concesiones enumeradas en los
  5. Articolo 5 El Presidente de la República, a
  6. Articolo 6 No estarán sometidas a las
  7. Articolo 7 Es servicio público eléctrico, el
  8. Articolo 8 No se considerarán de servicio
  9. Articolo 8 bis Todo propietario, arrendatario,
  10. Articolo 8 ter Las empresas concesionarias de
  11. Articolo 9 La aplicación de la presente ley
  12. Articolo 10 Los reglamentos que se dicten para la
  13. Articolo 10 1
  14. Articolo 10 2
  15. Articolo 10 3
  16. Articolo 10 4
  17. Articolo 10 5
  18. Articolo 10 6
  19. Articolo 11 Las concesiones definitivas serán
  20. Articolo 12 Los permisos enumerados en el Nº 3
  21. Articolo 13 Las concesiones eléctricas sólo
  22. Articolo 14 Las concesiones eléctricas otorgan
  23. Articolo 15 Las concesiones se otorgarán sin
  24. Articolo 16 Las concesiones de servicio público
  25. Articolo 17 Podrán solicitarse otras concesiones
  26. Articolo 18 Las cooperativas de abastecimiento de
  27. Articolo 19 La solicitud de concesión
  28. Articolo 20 Dentro de los quince
  29. Articolo 21 En la resolución de concesión
  30. Articolo 22 La resolución de concesión
  31. Articolo 23 Derogado
  32. Articolo 24 Las concesiones provisionales no
  33. Articolo 25 La solicitud de concesión definitiva
  34. Articolo 26 Si dos o más peticionarios sean o no
  35. Articolo 27 Declarada la admisibilidad,
  36. Articolo 27 bis Dentro de los quince
  37. Articolo 27 ter Los dueños de las
  38. Articolo 28 La Superintendencia
  39. Articolo 29 El Ministro de Energía, previo
  40. Articolo 30 Cuando se trate de servicios
  41. Articolo 31 Las concesiones definitivas se
  42. Articolo 31 bis Las dificultades que
  43. Articolo 32 Sin perjuicio de lo dispuesto en el
  44. Articolo 33 Las empresas que posean concesiones
  45. Articolo 34 La construcción de las obras de una
  46. Articolo 34 bis Toda vez que en un
  47. Articolo 35 Los permisos señalados en el número
  48. Articolo 36 La solicitud de permiso será
  49. Articolo 37 El plazo de los permisos será fijado
  50. Articolo 38 La Municipalidad mediante decreto
  51. Articolo 39 Las concesiones definitivas de
  52. Articolo 40 En los casos de caducidad previstos
  53. Articolo 41 El Presidente de la República,
  54. Articolo 42 Producida alguna de las causales
  55. Articolo 43 Si el Presidente de la República
  56. Articolo 44 La licitación se anunciará por una
  57. Articolo 45 Del valor de la adjudicación se
  58. Articolo 46 Cuando sea declarada la caducidad de
  59. Articolo 47 Sin la previa autorización del
  60. Articolo 48 Todas las servidumbres que señalen
  61. Articolo 49 Las concesiones de centrales
  62. Articolo 50 Las servidumbres a que se refiere el
  63. Articolo 51 Las concesiones de líneas de
  64. Articolo 52 Los propietarios de líneas
  65. Articolo 53 Cuando existan líneas eléctricas en
  66. Articolo 54 Los edificios no quedan sujetos a las
  67. Articolo 55 Las líneas de transporte y
  68. Articolo 56 El dueño del predio sirviente está
  69. Articolo 57 El dueño del predio sirviente no
  70. Articolo 58 Si no existieren caminos adecuados
  71. Articolo 59 El Ministro de Energía podrá
  72. Articolo 60 Todos los derechos concedidos en los
  73. Articolo 61 Se podrá autorizar la servidumbre
  74. Articolo 62 Las gestiones para hacer efectivas
  75. Articolo 63 Si no se produjere
  76. Articolo 63 bis La Superintendencia
  77. Articolo 63 ter No podrán integrar
  78. Articolo 64 La comisión tasadora deberá
  79. Articolo 65 Practicado el avalúo por la
  80. Articolo 66 El valor fijado por
  81. Articolo 67 Sin perjuicio de la
  82. Articolo 68 Los concesionarios o
  83. Articolo 69 El dueño del predio sirviente tendrá
  84. Articolo 70 Los terrenos ocupados se pagarán, a
  85. Articolo 71 Todas las dificultades o cuestiones
  86. Articolo 72 Será Juez competente para conocer de
  87. Articolo 72 1
  88. Articolo 72 2
  89. Articolo 72 3
  90. Articolo 72 4
  91. Articolo 72 5
  92. Articolo 72 6
  93. Articolo 72 7
  94. Articolo 72 8
  95. Articolo 72 9
  96. Articolo 72 10
  97. Articolo 72 11
  98. Articolo 72 12
  99. Articolo 72 13
  100. Articolo 72 14
  101. Articolo 72 15
  102. Articolo 72 16
  103. Articolo 72 17
  104. Articolo 72 18
  105. Articolo 72 19
  106. Articolo 72 20
  107. Articolo 72 21
  108. Articolo 72 22
  109. Articolo 73 Definición de Sistema de
  110. Articolo 74 Definición de Sistema de Transmisión
  111. Articolo 75 Definición de Sistema de Transmisión
  112. Articolo 76 Definición de Sistemas de
  113. Articolo 77 Definición de Sistema de Transmisión
  114. Articolo 78 Definición de Sistema de
  115. Articolo 79 Definición de Acceso Abierto
  116. Articolo 80 Acceso Abierto en los Sistemas de
  117. Articolo 81 Presunción de Uso de los Sistemas de
  118. Articolo 82 Intercambio Internacional de Servicios
  119. Articolo 83 Planificación Energética
  120. Articolo 84 Procedimiento de Planificación
  121. Articolo 84 bis Planes estratégicos de energía en
  122. Articolo 85 Definición de Polos de Desarrollo de
  123. Articolo 86 Decreto de Planificación Energética
  124. Articolo 87 Planificación de la Transmisión
  125. Articolo 88 Incorporación en el Plan de
  126. Articolo 89 Obras Nuevas y Obras de Ampliación de
  127. Articolo 90 Participantes y Usuarios e
  128. Articolo 91 Procedimiento de Planificación de la
  129. Articolo 91 bis De las obras necesarias y urgentes
  130. Articolo 92 Decretos de Expansión de la
  131. Articolo 93 Procedimiento para la determinación
  132. Articolo 94 Aprobación por el Consejo de
  133. Articolo 95 Licitación de Obras Nuevas y de
  134. Articolo 96 Decreto que fija los derechos y
  135. Articolo 97 Procesos posteriores a la
  136. Articolo 98 Situación excepcional de
  137. Articolo 99 Remuneración de las Obras de
  138. Articolo 99 bis De la expansión, desarrollo,
  139. Articolo 100 Calificación de las Instalaciones de
  140. Articolo 101 Informe Técnico de Calificación de
  141. Articolo 102 De la Tarificación
  142. Articolo 103 Definición de V
  143. Articolo 104 Vida Útil de las Instalaciones
  144. Articolo 105 Del o los Estudios de Valorización
  145. Articolo 106 Participación Ciudadana
  146. Articolo 107 Bases del o los Estudios
  147. Articolo 108 Licitación y Supervisión del
  148. Articolo 109 Financiamiento del Estudio de
  149. Articolo 110 Resultados del Estudio de
  150. Articolo 111 Audiencia Pública
  151. Articolo 112 Informe Técnico y Decreto de
  152. Articolo 113 Vigencia Decreto Tarifario
  153. Articolo 114 Remuneración de la Transmisión
  154. Articolo 114 bis Reasignación de ingresos
  155. Articolo 115 Pago de la Transmisión
  156. Articolo 116 Pago por uso de los Sistemas para
  157. Articolo 117 Repartición de Ingresos
  158. Articolo 118 Tasa de Descuento
  159. Articolo 119 Procedimiento de Cálculo de la Tasa
  160. Articolo 120 Peajes de Distribución
  161. Articolo 121 Facturación, mora, titulo ejecutivo
  162. Articolo 122 Garantías para proyectos de
  163. Articolo 123 Suprimido
  164. Articolo 124 Dentro del territorio en que el
  165. Articolo 125 En su zona de concesión, las
  166. Articolo 126 Cualquier empresa eléctrica podrá
  167. Articolo 127 Adicionalmente a lo estipulado en el
  168. Articolo 128 Los aportes financieros que, según
  169. Articolo 129 Las empresas eléctricas no podrán
  170. Articolo 130 La calidad de servicio de las
  171. Articolo 131 Las concesionarias de servicio
  172. Articolo 131 bis Corresponderá a la Comisión,
  173. Articolo 131 ter El o los procesos de licitación
  174. Articolo 132 Una vez elaborado el informe a que
  175. Articolo 133 Las exigencias de seguridad y calidad D
  176. Articolo 134 Las empresas concesionarias de
  177. Articolo 135 En cada licitación el valor máximo
  178. Articolo 135 bis En los casos debidamente
  179. Articolo 135 ter Las bases de licitación podrán
  180. Articolo 135 quáter Las distribuidoras que
  181. Articolo 135 quinquies En aquellos casos que la
  182. Articolo 136 La extensión de servicio en las
  183. Articolo 137 Suprimido
  184. Articolo 138 Suprimido
  185. Articolo 139 Es deber de todo concesionario de
  186. Articolo 139 bis El empalme y el medidor son parte
  187. Articolo 140 Las disposiciones sobre calidad de
  188. Articolo 141 En caso de servicios que se
  189. Articolo 142 Si los concesionarios hicieren
  190. Articolo 143 Las empresas concesionarias de
  191. Articolo 144 La Superintendencia elaborará una
  192. Articolo 145 La Superintendencia podrá
  193. Articolo 146 Si la explotación de un servicio
  194. Articolo 146 bis En todos los juicios que se
  195. Articolo 146 ter El procedimiento concursal de
  196. Articolo 146 quáter Suprimido
  197. Articolo 147 Están sujetos a fijación de
  198. Articolo 148 Los generadores que suministren
  199. Articolo 149 Los suministros de energía
  200. Articolo 149 bis Los usuarios finales sujetos a
  201. Articolo 149 ter Los remanentes de inyecciones de
  202. Articolo 149 quáter Sin perjuicio de lo establecido
  203. Articolo 149 quinquies Los pagos, compensaciones o
  204. Articolo 150 Eliminado
  205. Articolo 150 bis Cada empresa eléctrica que
  206. Articolo 150 ter Para dar cumplimiento a parte de la
  207. Articolo 151 Los precios máximos de que trata
  208. Articolo 152 Las empresas eléctricas de
  209. Articolo 153 En caso de que las empresas o
  210. Articolo 154 El procedimiento para la
  211. Articolo 155 En el sistema eléctrico nacional y
  212. Articolo 156 Los precios de energía y potencia
  213. Articolo 157 Los concesionarios de servicio público
  214. Articolo 158 Los precios promedio que los
  215. Articolo 159 En el sistema eléctrico nacional,
  216. Articolo 160 Los precios de nudo de corto plazo
  217. Articolo 161 Los precios de nudo de largo plazo se
  218. Articolo 162 Para cada fijación semestral, los
  219. Articolo 163 El Ministerio de Energía, previo
  220. Articolo 164 Todo cliente sometido a regulación
  221. Articolo 165 Dentro de los primeros quince días
  222. Articolo 166 Las empresas y entidades, a que se
  223. Articolo 167 El procedimiento de determinación y
  224. Articolo 168 Los límites de la Banda de Precios
  225. Articolo 169 La Comisión deberá comunicar, en
  226. Articolo 170 Los precios de nudo a que se refiere
  227. Articolo 171 El Ministro de Energía, dentro de
  228. Articolo 172 Si dentro del período de vigencia
  229. Articolo 173 Planificación de los sistemas
  230. Articolo 173 bis De la obligación de coordinarse en
  231. Articolo 174 Planes de expansión y precios
  232. Articolo 174 bis Los planes de expansión de las
  233. Articolo 175 Costos incrementales de desarrollo y
  234. Articolo 176 Determinación del costo incremental
  235. Articolo 176 bis Registro de proyectos de
  236. Articolo 176 ter Proyecciones de demanda y deber de
  237. Articolo 176 quáter Participantes, usuarios e
  238. Articolo 177 Bases técnicas y administrativas
  239. Articolo 177 bis Licitación y adjudicación del
  240. Articolo 177 ter Financiamiento del estudio de
  241. Articolo 177 quáter Resultados del estudio y
  242. Articolo 177 quinquies Informe técnico preliminar
  243. Articolo 178 Informe técnico definitivo y decreto
  244. Articolo 179 Planes de expansión
  245. Articolo 180 Actualización interperíodos
  246. Articolo 180 1
  247. Articolo 180 2
  248. Articolo 180 3
  249. Articolo 180 4
  250. Articolo 180 5
  251. Articolo 180 6
  252. Articolo 180 7
  253. Articolo 180 8
  254. Articolo 180 9
  255. Articolo 180 10
  256. Articolo 180 11
  257. Articolo 180 12
  258. Articolo 180 13
  259. Articolo 181 La estructura de los precios a nivel
  260. Articolo 182 El valor agregado por concepto de
  261. Articolo 182 bis La tasa de actualización que
  262. Articolo 183 Las componentes indicadas en el
  263. Articolo 183 bis En el plazo máximo de treinta
  264. Articolo 184 Los precios de los servicios a que
  265. Articolo 185 Con los valores agregados
  266. Articolo 186 Los valores agregados aceptados de
  267. Articolo 187 Con los valores agregados
  268. Articolo 188 Eliminado
  269. Articolo 189 Eliminado
  270. Articolo 190 El Ministerio de Energía, fijará
  271. Articolo 191 Durante el período de vigencia de
  272. Articolo 191 bis En el caso de los operadores de
  273. Articolo 192 Una vez vencido el período de
  274. Articolo 193 Para los efectos de la aplicación de
  275. Articolo 194 Para los efectos de la primera
  276. Articolo 195 El VNR se calculará cada cuatro
  277. Articolo 196 Los VNR, ingresos y costos de
  278. Articolo 197 Las concesionarias conformadas por
  279. Articolo 198 La facturación de los consumos por
  280. Articolo 199 En los sistemas aislados para
  281. Articolo 199 bis Los Gobiernos Regionales podrán
  282. Articolo 200 Los precios máximos para los
  283. Articolo 201 En los acuerdos se estipularán los
  284. Articolo 202 Los acuerdos tendrán una duración
  285. Articolo 203 Los Alcaldes informarán a la
  286. Articolo 204 Una vez vencido el período de
  287. Articolo 205 Si transcurridos seis meses desde la
  288. Articolo 206 Si transcurridos tres meses desde la
  289. Articolo 207 Si de común acuerdo, dentro del
  290. Articolo 207 1
  291. Articolo 207 2
  292. Articolo 207 2 bis
  293. Articolo 207 3
  294. Articolo 207 4
  295. Articolo 207 5
  296. Articolo 207 6
  297. Articolo 207 7
  298. Articolo 207 8
  299. Articolo 208 Serán sometidas al dictamen del
  300. Articolo 209 El panel de expertos estará
  301. Articolo 210 El panel contará con un secretario
  302. Articolo 211 La presentación de la discrepancia
  303. Articolo 212 El financiamiento del Panel se
  304. Articolo 212 1
  305. Articolo 212 2
  306. Articolo 212 3
  307. Articolo 212 4
  308. Articolo 212 5
  309. Articolo 212 6
  310. Articolo 212 7
  311. Articolo 212 8
  312. Articolo 212 9
  313. Articolo 212 10
  314. Articolo 212 11
  315. Articolo 212 12
  316. Articolo 212 13
  317. Articolo 212 14
  318. Articolo 213 El que maliciosamente realice un acto
  319. Articolo 214 El autor de los hechos que hubiere
  320. Articolo 215 El que sustrajere energía
  321. Articolo 216 Toda infracción de las
  322. Articolo 217 Derógase la facultad contenida en
  323. Articolo 218 En caso de guerra externa o calamidad
  324. Articolo 219 Las instalaciones destinadas a la
  325. Articolo 220 Suprimido
  326. Articolo 221 Los concesionarios podrán abrir, de
  327. Articolo 222 El trazado de líneas aéreas por
  328. Articolo 223 Para energizar nuevas instalaciones
  329. Articolo 224 Deróganse todas las disposiciones
  330. Articolo 225 Para los efectos de la aplicación de
  331. Articolo 1 Para los efectos de la fijación de
  332. Articolo 2 La zona de concesión mínima de las
  333. Articolo 3 Se establece el plazo de un año a
  334. Articolo 4 Las empresas eléctricas que posean
  335. Articolo 5 Las empresas distribuidoras que opten
  336. Articolo 6 El VNR inicial de las instalaciones de
  337. Articolo 7 La primera fijación de fórmulas
  338. Articolo 8 Dentro del plazo de ciento ochenta
  339. Articolo 9 Los reglamentos y normas técnicas
  340. Articolo 10 Los suministros que en virtud del
  341. Articolo 11 En tanto no se dicten las normas y
  342. Articolo 12 Las solicitudes de concesión que se
  343. Articolo 13 Para los efectos señalados en la
  344. Articolo 14 El decreto que debe definir, para cada
  345. Articolo 15 Dentro de los sesenta días
  346. Articolo 16 El régimen de Ley recaudación y pago
  347. Articolo 17 En un plazo no superior a quince
  348. Articolo 18 En los sistemas de capacidad
  349. Articolo 19 La Comisión Nacional de Energía
  350. Articolo 20 La norma técnica a que se refiere el
  351. Articolo 21 La circunstancia establecida en la
  352. Articolo 22 El Ministro de Economía, Fomento y
  353. Articolo 23 No serán aplicables los peajes
  354. Articolo 24 Dentro del plazo de ciento veinte
  355. Articolo 25 Las disposiciones introducidas por la
  356. Articolo 26 Las licitaciones para abastecer
  357. Articolo 27 En el período que medie entre el 19
  358. Articolo 28 En el plazo de 15 días a contar de
  359. Articolo 29 La elección de los directores de las
  360. Articolo Lo dispuesto en el inciso quinto
Citenza

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